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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (02/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Jueves 2 de abril de 2015 549980 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013-MC de fecha 19 de junio de 2013, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Que, por Resolución Ministerial N° 334-2014-MC de fecha 23 de setiembre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, el cual considera dos vacantes para el cargo de Asesor II de la Secretaría General, como cargo de confi anza; Con el visado del Secretario General, del Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, la Resolución Ministerial N° 334-2014-MC, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora Ángela Fiorella Moreno Niño de Guzmán en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1220107-1 Ratifican a representantes titular y alterno del Ministerio ante el CONAFAR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2015-MC Lima, 1 de abril de 2015 Visto, el Ofi cio N° 94-2015-MINCETUR/DM de fecha 16 de marzo de 2015, remitido por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 de la Ley N° 29073, Ley del artesano y del desarrollo de la actividad artesanal, crea el Consejo Nacional de Fomento Artesanal (CONAFAR) en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; estableciendo que el mismo está integrado por 11 representantes, entre ellos, un representante del Instituto Nacional de Cultura; Que, por Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC, modifi cado por el Decreto Supremo N° 002-2010-MC, se aprobó la fusión por absorción, entre otros, del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura; Que, mediante Ofi cio N° 94-2015-MINCETUR/DM de fecha 16 de marzo de 2015, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita al Ministerio de Cultura designe o ratifi que a sus representantes ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal, a través de una Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 469-2012- MC de fecha 14 de diciembre de 2012, se designó a la señora Soledad Mujica Bayly, Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo; y, al señor Pedro Enrique Roel Mendizábal, antropólogo de la referida Dirección, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Cultura ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal (CONAFAR); Que, en tal sentido, se estima por conveniente ratifi car la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial señalada en el considerando precedente; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Secretario General y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29073, Ley del artesano y del desarrollo de la actividad artesanal; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car a la señora Soledad Mujica Bayly, Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo, actualmente Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, al señor Pedro Enrique Roel Mendizábal, antropólogo de la referida Dirección, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Cultura ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal (CONAFAR). Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1220107-2 Designan miembros de la “Comisión de Calificación como Espectáculo Público Cultural” a que se refiere el TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y la Directiva N° 001-2015-VMPCIC/MC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 112-2015-MC Lima, 1 de abril de 2015 VISTOS, el Informe N° 148-2015-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 213-2015-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste último es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional; Que, el numeral 4 del Apéndice II del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 055-99-EF, establece que están exonerados del Impuesto General a las Ventas, los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, califi cados como espectáculos públicos culturales por una comisión integrada por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura, que la presidirá, un representante de la Universidad Pública más antigua y un representante de la Universidad Privada más antigua; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, se aprobó la fusión por absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura al Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 004- 2015-VMPCIC/MC de fecha 14 de enero de 2015, se aprobó la Directiva N° 001-2015-VMPCIC/MC “Directiva sobre la Califi cación como Espectáculo Público Cultural No Deportivo”, en cuyo numeral 8.2 del rubro VIII “De la Comisión de Califi cación como Espectáculo Público Cultural que dispone la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo”, se señala que la referida Comisión está integrada por el/la director/a General de