Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

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adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, con Resolucion Jefatural Nº 510-2010-JNAC/ RENIEC (09JUN2010), se revoco a partir del 12 de MORDAZA del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del articulo 44° de la Ley N° 26497 que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas) y titulos archivados perteneciente a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de la referida Municipalidad, a fin de realizar la transferencia del acervo documentario por tramos, diferenciandolos por MORDAZA de registro, como una etapa previa a su incorporacion; empezando por la seccion de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos; Que, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles en su calidad de encargada del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el articulo 111° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA respecto al acervo documentario de la seccion de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos titulos archivados, del periodo comprendido entre los anos 1951 - 1955; propuesta que cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, a traves de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinion favorable respecto a la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA respecto al acervo documentario de la seccion de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos titulos archivados, del periodo comprendido entre los anos 1951 - 1955; debiendose transferir tambien la informacion sistematizada en formato electronico (datos e imagenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; conservando la citada Oficina de Registros del Estado Civil la delegacion de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolucion Jefatural N° 5102010-JNAC/RENIEC (09JUN2010), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la seccion de Nacimientos del periodo no comprendidos en la presente Resolucion Jefatural; Que, la presente Resolucion Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la seccion de Nacimientos que comprende a los libros de actas y sus respectivos titulos archivados correspondientes al periodo de los anos 1951 - 1955; asi como la informacion sistematizada en formato electronico, si lo tuviera; la cual se MORDAZA efectiva a partir del dia Viernes 17 de MORDAZA de 2015.

del Centro Poblado de MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia de La Mar, Departamento de Ayacucho. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia de La Mar, Departamento de Ayacucho; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1224079-2

Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA al RENIEC, respecto del acervo documentario de la seccion de Nacimientos de los anos 1951 - 1955
RESOLUCION JEFATURAL N° 088-2015/JNAC/RENIEC MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Memorando N° 000744-2015/GPP/RENIEC (09MAR2015), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe N° 000035-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (09MAR 2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Memorando N° 000535-2015/GOR/ RENIEC (24MAR2015), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 000150-2015/ GPRC/SGIRC/RENIEC (25MAR2015), emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, y el Informe N° 000031-2015/GPRC/RENIEC (30MAR2015), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del articulo 44° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello,

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