Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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suspendida. Este criterio ha sido adoptado, por citar algunos ejemplos, en las Resoluciones Nº 0572-2011JNE, Nº 0651-2011-JNE y Nº 817-2012-JNE. 4. Asi, del analisis de lo actuado, este colegiado electoral determina que, en efecto, se encuentra acreditado que MORDAZA MORDAZA Cana Cana, regidora del Concejo Distrital de Saylla, provincia y departamento de MORDAZA, fue condenada por la comision del delito de peculado doloso mediante sentencia de conformidad, contenida en la Resolucion Nº 16, de fecha 29 de agosto de 2014, y, en consecuencia, se le impuso un ano y nueve meses de pena privativa de la MORDAZA suspendida en su ejecucion por el mismo plazo, e inhabilitacion, conforme al articulo 36, inciso 1, del Codigo Penal. Cabe agregar que, de la acotada sentencia penal condenatoria, tambien se aprecia que esta ha adquirido la calidad de cosa juzgada. Efectivamente, la firmeza de la sentencia penal que condeno a la aludida regidora radica en la circunstancia de que esta deriva de un acuerdo de conclusion anticipada que arribaron el representante del Ministerio Publico y la procesada MORDAZA MORDAZA Cana Cana, en el que MORDAZA partes senalaron su conformidad con lo dispuesto en la sentencia, por lo que el juez procedio a declarar consentida dicha sentencia. Recordemos que el aspecto sustancial de la conclusion anticipada, estriba en el reconocimiento, aunque con caracteristicas singulares, del MORDAZA de adhesion en el MORDAZA penal. La conformidad tiene por objeto la pronta culminacion del MORDAZA -en concreto, del juicio oral- a traves de un acto unilateral del imputado y su defensa de reconocer los hechos objeto de imputacion, concretados en la acusacion fiscal, y aceptar las consecuencias juridicas penales y civiles correspondientes, conforme a lo senalado en el fundamento juridico 8 del Acuerdo Plenario 005-2008/ CJ-116 5. Teniendo en cuenta ello y considerando que se ha constatado que la regidora MORDAZA MORDAZA Cana Cana tiene sentencia condenatoria firme por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, la cual MORDAZA el periodo municipal 2015 - 2018, para el cual fue elegida, resulta ajustado a derecho que el Concejo Distrital de Saylla MORDAZA declarado su vacancia en el cargo, por ende, corresponde aprobar la presente solicitud de convocatoria de candidato no proclamado y dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada a la aludida autoridad municipal. 6. Por consiguiente, corresponde emitir la respectiva credencial al accesitario, de conformidad con el articulo 24 de la LOM, que estable que, en caso de vacancia de un regidor, lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. De este modo, se debe convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 23967269, candidato no proclamado del partido politico Siempre Unidos, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las elecciones municipales del ano 2014. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Saylla, provincia y departamento de MORDAZA, por haberse declarado la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA Cana Cana, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, en forma definitiva, la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Cana Cana como regidora del Concejo Distrital de Saylla, provincia y departamento de MORDAZA, con motivo del MORDAZA de elecciones municipales de 2014. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 23967269, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Saylla, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015 - 2018, para lo cual se le entregara la respectiva credencial. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1224093-1

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

Registrese, comuniquese y publiquese.

MINISTERIO PUBLICO
Prorrogan traslado de la Fiscalia Penal Supraprovincial de Huancavelica al Distrito Fiscal de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1279-2015-MP-FN MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1929-2014-MP-FN de fecha 22 de MORDAZA de 2014, se prorrogo el traslado de la Fiscalia Penal Supraprovincial de Huancavelica, al Distrito Judicial de MORDAZA, hasta el 31 de diciembre de 2014, conforme a lo dispuesto en la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 3184-2013-MPFN de fecha 04 de octubre de 2013; La disposicion emitida, se encuentra relacionada al conocimiento por parte de la referida Fiscalia Penal Supraprovincial de investigaciones por delitos de Terrorismo y Lesa Humanidad de las Fiscalias Penales Supraprovinciales de MORDAZA, que le fueron asignadas oportunamente, conservando su competencia en el Distrito Judicial de Huancavelica; Por Oficio Nº 508-2015-FSPNC-MP-FN de fecha 30 de marzo de 2015, la doctora Luz del MORDAZA Ibanez MORDAZA, Fiscal Superior Coordinadora de la Fiscalia Superior Penal Nacional y Fiscalias Penales Supraprovinciales, hace de conocimiento la necesidad de prorrogar el traslado dispuesto mediante las resoluciones MORDAZA citadas; El Fiscal de la Nacion, como titular del Ministerio Publico, es el responsable de dirigir, orientar y formular la politica institucional, teniendo ademas como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno; en ese sentido, debe expedirse el resolutivo correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero: Prorrogar, en via de regularizacion, el traslado de la Fiscalia Penal Supraprovincial de Huancavelica, con todo su personal Fiscal y Administrativo, al Distrito Fiscal de MORDAZA, a partir del mes de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, para los fines expuestos en la presente resolucion. Articulo Segundo: Hacer de conocimiento la presente resolucion, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de MORDAZA y Huancavelica, Fiscalia Superior Coordinadora de la Fiscalia Superior Penal Nacional y Fiscalias Penales Supraprovinciales, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los interesados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) 1224365-1

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