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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (22/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Miércoles 22 de abril de 2015 551096 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fecha 9 de enero de 2015 se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo N° 265-2014-OS/CD, a través de la cual se determinaron los órganos competentes de Osinergmin para el ejercicio de la función instructora y sancionadora en el sector energía. Asimismo, con fecha 9 de enero de 2015 se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo N° 266-2014-OS/CD, a través de la cual se determinaron los órganos competentes de Osinergmin para los trámites relacionados con el Registro de Hidrocarburos. Es objetivo de Osinergmin propiciar una desconcentración más efectiva de las funciones de supervisión, fiscalización y sanción en los subsectores de hidrocarburos, electricidad y gas natural a las Oficinas Regionales, razón por la cual, mediante las resoluciones citadas precedentemente, se otorgaron competencias al Gerente de Operaciones y Oficinas Regionales para conocer procesos de supervisión, fiscalización y sanción en materias de hidrocarburos líquidos y electricidad. En aras de profundizar el proceso de desconcentración de funciones y considerando criterios de especialización técnica, se considera conveniente redefi nir las instancias competentes para el ejercicio de la función sancionadora en materias vinculadas a los subsectores de hidrocarburos, electricidad y gas natural, así como para la tramitación de procedimientos regulados en los Anexos del Reglamento de Registro de Hidrocarburos, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD, modifi cado por Resolución de Consejo Directivo N° 266-2014-OS/ CD, a efectos que sean de competencia del Gerente de Operaciones y las Ofi cinas Regionales. Teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesaria la modifi cación de los ítems 1, 2, 3 y 4 del Anexo de la Resolución de Consejo Directivo N° 265-2014-OS/CD referidos a las competencias sancionadoras de las Ofi cinas Regionales, Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, Gerencia de Fiscalización Eléctrica y Gerencia de Fiscalización de Gas Natural; así como del artículo 2° de la Resolución de Consejo Directivo N° 266-2014-OS/ CD referido a la autoridad que resuelve los trámites del Registro de Hidrocarburos relacionados a instalaciones de gas natural. 1227183-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Autorizan viaje de representantes del INDECOPI a Filipinas, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 062-2015-INDECOPI/COD Lima, 10 de abril de 2015 VISTO: El Informe 019-2015/GCT de fecha 7 de abril de 2015, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2014- RE, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de las Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC) durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2014, 2015 y 2016: reuniones Ministeriales, reuniones Ministeriales Sectoriales, encuentros preparatorios de las reuniones Ministeriales, diálogos de Alto Nivel, reuniones de Altos Funcionarios, reuniones de los Grupos de Trabajo, reuniones de los Grupos de Tareas, diálogos Público-Privado, reuniones de Comités, Subcomités, Grupos de Expertos, reuniones del Consejo Consultivo Empresarial, Cumbre Empresarial de APEC, así como los seminarios, simposios y talleres nacionales e internacionales preparatorios de la agenda para la Presidencia Peruana APEC 2016; Que, mediante Of.RE (AFE) N° 1-0-H/45, el Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi que la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM 2) y Reuniones Conexas del APEC se realizaran en la ciudad de Boracay, República de Filipinas, del 10 al 21 de mayo de 2015 y solicita que se designe a funcionarios del INDECOPI para que participen en las reuniones de los grupos de trabajo y eventos de interés sectorial, con el objetivo de mantener una activa participación en dichas reuniones, con miras a una exitosa agenda durante la presidencia del Perú en el año 2016; Que, los eventos a desarrollarse serán: la Reunión SOM 2, el Comité de Altos Funcionarios sobre Cooperación Económica y Técnica, el Comité de Comercio e Inversión, la Reunión Preparatoria del Comité Económico de la Reunión Ministerial sobre Reforma Estructural, Formación en Gestión de Proyectos, la Conferencia de Centros de Estudios de APEC, el Diálogo sobre política comercial en los acuerdos comerciales regionales y acuerdos de libre comercio, Amigos de la Presidencia sobre la integración económica regional, Política de asociación en materia de ciencia, tecnología e innovación, entre otras reuniones que se realizarán en dicho contexto; Que, de acuerdo al artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1033, el Indecopi es un organismo autónomo encargado, entre otras funciones, de i) Defender la libre y leal competencia, sancionando las conductas anticompetitivas y desleales y procurando que en los mercados exista una competencia efectiva; ii) vigilar el proceso de facilitación del comercio exterior mediante la eliminación de barreras comerciales no arancelarias conforme a la legislación de la materia; y iii) Administrar el sistema de otorgamiento y protección de los derechos de propiedad intelectual en todas sus manifestaciones, en sede administrativa, conforme a lo previsto en la referida Ley; Que, se considera necesaria la participación de la señora Lily Escobar Ebell, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), y de los señores Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de la GCT y Jorge Miranda Assen, Especialista 1 de la GCT, dado que su asistencia permitirá que el INDECOPI participe de forma activa y permanente en las Reuniones de Altos Funcionarios, Comités, Subcomités y Grupos de Trabajo referidos a temas de competencia institucional con miras al ejercicio de la Presidencia del Estado peruano en el APEC 2016, en tanto cuentan con la experiencia profesional necesaria para atender los requerimientos de los eventos a desarrollarse, lo cual permitirá fortalecer el desarrollo de la posición nacional de cara a los objetivos nacionales de desarrollar la Presidencia de APEC en 2016; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación resulta de interés nacional para la promoción de las actividades del Perú, por lo cual se estima necesario autorizar la participación de representantes del Indecopi en los eventos a realizarse en la ciudad de Boracay, República de Filipinas, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran los participantes, sean asumidos íntegramente por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos;