Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2015 (09/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Domingo 9 de agosto de 2015 /

El Peruano

Que, mediante Ordenanza Nº 326/MDC, de fecha 07 de Julio 2015, se autorizó la realización del sorteo público denominado: "EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y LLÉVATE FABULOSOS PREMIOS", para el día 10 de agosto de 2015, para los contribuyentes del Distrito de Carabayllo, afectos al Impuesto Predial, que al 31 de julio de 2015 del presente año hayan cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, según los criterios establecidos en las bases del sorteo; Que, el Artículo Quinto de la Ordenanza indicada en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de la Municipalidad de Carabayllo, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dicho sorteo. Que, en el punto I de las Bases del Sorteo señala que el sorteo extraordinario denominado "EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y LLEVATE FABULOSOS PREMIOS", se realizará el día 10 de Agosto de 2015, a horas: 18:00 p.m., en el frontis del nuevo Palacio Municipal Av. Túpac Amaru Km. 18 ­ Carabayllo Distrito de Carabayllo. Que, mediante el Memorándum Nº 076-2015-GAT/ MDC la Gerencia de Administración Tributaria, solicita que se reprograme el día del sorteo para el 27 de agosto de 2015, por problemas logísticos. En uso de las atribuciones que confiere el numeral 6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 317/MDC; SE DECRETA: Artículo Primero.- REPROGRAMAR la fecha del sorteo público denominado: "EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DIA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LLÉVATE FABULOSOS PREMIOS", para el 27 DE AGOSTO DE 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, las Gerencias de Administración y Finanzas, Planeamiento y Presupuesto, Administración Tributaria, Subgerencia de Informática, Secretaria General y la Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1271594-1

don BRADDY ALBERTO FERNANDEZ PALOMINO, mediante el cual solicita la corrección de la Resolución de Sub-Gerencia Nº 247-2014-SGCHU-GDU-MDSMP (01.08.14), la misma que aprobó la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único,bajo la Modalidad C; Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica, para Uso Residencial de Densidad Media RDM, del inmueble con un área de 5,010.00 m2, constituido por el Lote 6, de la Manzana F, de la Habilitación Pre -Urbana Huertos de Naranjal, inscrito en la Ficha Nº 445742 y continuado en Partida Electrónica Nº 43881108 de la Oficina Registral de Lima, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres,Provincia y Departamento de Lima; CONSIERANDO: Que, mediante Esquela de Observación de fecha 04 de Septiembre de 2014, con respecto al Título Nº 2014-00842643 de fecha 20.de Agosto de 2014., de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos se notifica al recurrente a efectos que subsane las observaciones señaladas en la referida esquela entre ellas: no se ha cumplido con completar debidamente los ítem 1.6 y 6 del FUHU, así también deberá aclarar el Artículo Primero de la referida resolución en el sentido que lo aprobado es el Proyecto de Habilitación Urbana de Lote Único, además que no se ha anotado el número corresponde al plano materia de la aprobación ;luego por error se ha consignado en el artículo tercero de la citada resolución, el déficit de aporte por recreación pública con 231.01 m2, siendo lo correcto 232.01 m2,por tanto deberá aclararse ; así también en ítem 2 de la citada esquela se señala que la referencia gráfica presentada contiene errores, haciendo el predio se ubica en el lugar que no le corresponde con respecto a la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, por tanto deberá aclarar al respecto; Que, mediante Documento Nº 52598-2014 de fecha 11 de septiembre de 2014, BRADDY ALBERTO FERNANDEZ PALOMINO, solicita la rectificación de la Resolución de Sub-Gerencia Nº 247-2014- SFCGU-GDUMDSMP(01.08.14), a fin de subsanar las observaciones señaladas con Esquela de Observación de fecha 04 de Septiembre de 2014; Que, mediante el Informe Nº 0322-2014-MAGISGCHU-GDU-MDSMP de fecha 21 de Octubre de 2014, el profesional de la Sub-Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, luego de la evaluación a la documentación presentada, señala que se ha incurrido en error material en el Artículo Primero y Artículo Tercero de la Resolución de Sub-Gerencia Nº 247-2014- SGCHUGDU-MDSMP, además que el administrado ha cumplido con subsanar las observaciones señaladas en ítems 1.1 y 2.1, de la Esquela de Observación de fecha 04 de Septiembre de 2014, y que habiéndose realizado las correcciones respectivas, recomienda se emita la resolución que corresponda; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.3 del TUPA de la MDSMP, aprobado con Ordenanza Nº 351-MDSMP del día 18 de setiembre del 2013, la Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites de Habilitación Urbana Nueva bajo la Modalidad C: Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, por lo que se debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de julio de 2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, en cumplimiento del artículo 195º de la Constitución Política del Estado que señala que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo", siendo competentes, entre otros, para: Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Rectifican la Resolución de Sub-gerencia N° 247-2014-SGCHU-GDU-MDSMP
(Se publica la presente Resolución de Subgerencia de la Municipalidad de San Martín de Porres, solicitado mediante Oficio N° 2218-2015-SG/MDSMP, recibido el 7 de agosto de 2015) RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 348-2014-SGCHU-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 24 de octubre de 2014 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Documento Nº 52598-2014 de fecha 11 de Septiembre de 2014 y acumulados, promovido por

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