Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2015 (16/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 16 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día miércoles 08 de Julio del 2015, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP Provisional, del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y del Organigrama del Gobierno Regional de San Martín, por aplicación de la de la Ley Nº 30305 ­ Ley de Reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. ALDER RENGIFO TORRES Presidente del Consejo Regional de San Martin Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los 13 JUL. 2015 POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. VICTOR M. NORIEGA REATEGUI Presidente Regional 1274514-1

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Aprueban lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas y Gestión del Gobierno Regional de Tumbes
(Se publica la presente Ordenanza del Gobierno Regional Tumbes, solicitado mediante Oficio N° 2202015/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PR, recibido el 14 de agosto de 2015) ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2014-GOB.REG.TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Extraordinaria de Consejo Nº 23-2014, realizada el 26 de Diciembre del año 2014, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 099-2014/ GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 26 de Diciembre del año 2014, el Dictamen de la Comisión Fiscalizadora de Desarrollo Social, sobre la aprobación de los lineamientos para la Transversalizaciòn del enfoque de género en las políticas y gestión del Gobierno Regional de Tumbes. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado de 1993, modificada por Ley de Reforma

Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Aprobación de la Ordenanza sobre los lineamientos para la Transversalización del enfoque de género en las políticas y gestión del Gobierno Regional de Tumbes, se da en cumplimiento de la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, con el objeto de establecer un Régimen legal que garantice, tanto a mujeres como varones, el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales a la igualdad, dignidad, bienestar, autonomía y libertad de desarrollo impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida pública y privada, en ese sentido, el artículo 6º establece los lineamientos que deben adoptar el Gobierno Central, Los Gobiernos Regionales, y los Gobiernos Locales en sus políticas, planes y programas a efectos de remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno de estos derechos; entre estos, promover y garantizar la participación plena y efectiva de mujeres y hombres en la consolidación del sistema democrático. Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, está relacionado a la obligación del Estado de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las políticas públicas, planes nacionales y prácticas del Estado; garantizando el ejercicio pleno de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres. Que, con Informe Nº 660-2014/GOB.REG.TUMBESGGR-ORAJ, de fecha 03 de noviembre del año 2014, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, respecto a que se apruebe el proyecto de ordenanza que aprueba los lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas y Gestión del Gobierno Regional de Tumbes. Que, con Oficio Nº 221-2014-GOB.REG.TUMBES-PRGGR, de fecha 04 de noviembre del año 2014, el Gerente General del Gobierno Regional de Tumbes, alcanza a este Consejo Regional, el Proyecto de Ordenanza Regional que Institucionaliza y Aprueba Los lineamientos para la Trasnversalización del Enfoque de Género en las Políticas y Gestión del Gobierno Regional de Tumbes, refiriendo que el mismo se encuentra conforme a la normatividad legal vigente. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias. En ese sentido la Transversalización del enfoque de género es el proceso de examinar las implicancias que tiene para hombres y mujeres cualquier acción planificada, incluyendo legislación, políticas o programas en todas las áreas y todos los niveles de gobierno. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, con lo establecido en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y contando con opinión legal favorable; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR los lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas y Gestión del Gobierno Regional de Tumbes, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 42º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los veintiséis días del mes de diciembre del dos mil catorce. MARCO ANTONIO SAYÁN GIANELLA Consejero Delegado POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 30 de diciembre de 2014 ORLANDO LA CHIRA PASACHE Presidente 1274460-1

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