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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (02/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

567684 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de diciembre de 2015 / El Peruano antigüedad no mayor a dos años; según el valor indicado en el Cuadro 2 del presente Acuerdo; Que, el numeral 28.2 del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 1192 dispone que previamente a la emisión de la norma que apruebe la ejecución de la expropiación, el Sujeto Activo debe contar con los recursos necesarios en su presupuesto institucional aprobado para fi nanciar el pago del Valor de la Tasación; Que, conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión, en ningún caso serán comprometidos fondos públicos ni habrá erogación dineraria alguna por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima para efectuar el pago del Valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos, y por lo tanto, no corresponde acreditar que cuenta con los recursos necesarios para fi nanciar dicho pago en su presupuesto institucional aprobado. Que, teniendo en cuenta que la fi nalidad de la norma es garantizar la efectiva disponibilidad de recursos fi nancieros para el pago del Valor Total de la Tasación al Sujeto Pasivo, mediante Carta Nº 1016-2015-MML-GPIP, del 7 de setiembre de 2015, se solicitó a la Empresa Línea Amarilla S.A.C, que confi rme que cuenta con la disponibilidad de los recursos fi nancieros sufi cientes que serán destinados exclusivamente al pago del Valor de la Tasación de los inmuebles a ser expropiados; Que, mediante Carta LAMSAC-MML Nº 425-2015, del 15 de setiembre de 2015, el Concesionario confi rmó que cuenta con la disponibilidad de los recursos fi nancieros destinados al pago del Valor de la Tasación de los referidos inmuebles; Que, en consecuencia, se han cumplido las condiciones establecidas en la Constitución Política del Perú, para proceder a la expropiación de los inmuebles afectados por el Trazo del Proyecto Línea Amarilla, por lo que, corresponde iniciar el procedimiento de expropiación previsto en el Título IV del Decreto Legislativo N° 1192; Estando a los considerandos antes señalados, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes Nos. 175-2015-MML-CMAEO y 84-2015-MML-CMAL; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobarla ejecución de la expropiación y el valor de tasación del inmueble afectado por la ejecución del Proyecto Línea Amarilla que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo, según se indica en el siguiente cuadro: Nº Partida Registral/ Expediente Valor de Tasación (Nuevos Soles) 1 P02074091 Exp. Nº 855/ICL-LAMSAC S/. 76,103.79 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, realizar las acciones que correspondan, para que se efectúe la consignación en el Banco de la Nación, por el monto del valor de la Tasación aprobado en el Artículo anterior, a favor del Sujeto Pasivo, en el plazo máximo de cinco días hábiles de emitida la presente norma, conforme a lo establecido en el literal c) del numeral 28.1 del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 1192. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la inscripción del inmueble, que se detalla en el Anexo 1, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ante el Registro de Predios de la correspondiente Ofi cina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y de ser el caso, esta última levante toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral del predio afectado, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 1192. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la notifi cación del presente Acuerdo de Concejo al Sujeto Pasivo, requiriéndosele la desocupación y entrega del bien inmueble sujeto a expropiación, que se detalla en el Anexo 1, dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes de notifi cado el presente Acuerdo, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble detallado en el Anexo 1, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 1192. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo publicar el presente Acuerdo en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO 1 EXPEDIENTE N° 855/ICL-LAMSAC IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO, SUJETO ACTIVO Y BENEFICIARIO DE LA EXPROPIACIÓN SUJETO PASIVO2 JESUSI CISNEROS JUAN EMILIANO VALDIVIA CRUZ VICTORIA DNI 06111249 DNI 06230297 SUJETO ACTIVO Y BENEFICIA- RIO3 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA IDENTIFICACION PRECISA DEL BIEN UBICACIÓN ASENTAMIENTO HUMANO DOS DE MAYO, MZ. 03 LOTE 114, JR. GENERAL BUENDIA N°563 y 5655, DISTRITO DE LIMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. NUMERO DE PISOS 2 USO CASA HABITACIÓN AREA AFECTADA DEL TERRENO6 83.42 m2 AREA AFEC- TADA DE LA EDIFICACIÓN7 67.90 m2 PERIMETRO8 41.79 ml. LINDEROS, MEDIDAS PE- RIMETRALES Y COORDENA- DAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL MEDIDAS PERIMETRALES9 COORDENADAS WGS 8410 LINDEROS LARGO ml LADO VER- TICE ESTE(X) NORTE (Y) FRENTE 8.60 A-B A 276682.7284 8668567.2978 DERECHA 8.05 B-C B 276674.1787 8668568.2265 FONDO 12.84 C-D C 276673.5490 8668560.2012 IZQUI- ERDA 3.95 D-E D 276686.3189 8668558.8139 4.25 E-F E 276686.6328 8668562.7514 4.10 F-A F 276682.4077 8668563.2104 PARTIDA REGISTRAL P0207409111 Registro de Predios - Zona Registral N° IX- Sede Lima CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06.07.2015, expedido por la Ofi cina de Catastro de SUNARP. No registra duplicidad registral. CONFORMI- DAD EXPEDI- ENTE ICL Se adjunta el Expediente Técnico N° 855/ICL-LAMSAC, el cual cuenta con la conformidad del Gerente de Proyectos del Instituto Catastral de Lima, Ing. Godofredo Chuquichanca San Miguel, de fecha 01.08.2014. 1 Se adjunta Informe Técnico de Tasación en original. 2 Titulares registrales según consta en la copia literal de la Partida Registral P02074091. 3 En el presente caso, el Benefi ciario de la Adquisición es el mismo que el Sujeto Activo, conforme al Numeral 5.1 del Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1192. 4 Ubicación según consta en la Partida Registral P02074091. 5 Numeración que fi gura en la Memoria Descriptiva del Expediente Técnico N° 855/ICL-LAMSAC. 6 Según consta en el Informe Técnico de Valuación. 7 Según consta en el Informe Técnico de Valuación. 8 Según consta en la Memoria Descriptiva de Búsqueda Catastral. 9 Según consta en la Memoria Descriptiva de Búsqueda Catastral. 10 Según consta en la Memoria Descriptiva del Expediente Técnico N° 855/ ICL-LAMSAC (levantamiento en campo), por cuanto el predio no cuenta con una base catastral digital (coordenadas UTM) inscrita en el Registro de Predios. 11 Emitida con fecha 23.09.2015. 1318007-1