Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2015 (02/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de diciembre de 2015 /

El Peruano

cumplimiento de la presente Ordenanza; así mismo, a Secretaria General, la difusión de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad www. munibarranca.gob.pe/ y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe/ conforme los lineamientos. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 20 días del mes de noviembre del año dos mil quince. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1318250-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Encargan funciones de Subgerente de Ejecutoria Coactiva, unidad orgánica dependiente de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0302-2015-MPH Huaral, 27 de noviembre de 2015 LA ALCALDESA DE PROVINCIAL DE HUARAL CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, es facultad de la Señora Alcaldesa designar, encargar, ratificar, dar por concluida la designación y/o encargatura de los Funcionarios, conforme al ordenamiento legal vigente; en este contexto, es pertinente adoptar las medidas respectivas a efecto de continuar con las actividades inherentes a la Gestión. Que, la Secretaria Técnica mediante Informe Nº 004-2015-MPH-ST, recomienda iniciar el procedimiento administrativo disciplinario al Servidor Edgar Jesús Rodríguez Leyva que ostenta el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral Provincial de Huaral, de acuerdo a las consideraciones expuestas en dicho informe. Que, en virtud a dicho informe, mediante Medida Cautelar Nº 002-2015-SGRH-GAF/MPH, la Sub Gerencia de Recursos Humanos decide ADOPTAR la medida cautelar inimpugnable de exonerar de la obligación de asistir al centro de trabajo, al servidor Sr. Edgar Jesús Rodríguez Leyva. Que, mediante Resolución de Gerencia de Rentas Nº 268-2015-GRAT-MPH de fecha 17 de noviembre de 2015, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria en su condición de Órgano Instructor, resolvió iniciar procedimiento administrativo disciplinario al servidor Edgar Jesús Rodríguez Leyva por haber presuntamente cometido falta disciplinaria, lo que implica la plena conservación de los efectos de la Medida Cautelar Nº 002-2015-SGRH-GAF/MPH, mientras continúe el mencionado procedimiento administrativo disciplinario. Que, mediante el Informe Técnico Nº 030-2015-MPHGRAT de fecha 19 de noviembre del 2015 la Gerencia de LA MUNICIPALIDAD

Rentas y Administración Tributaria concluye que, estando la medida cautelar vigente, mediante la cual se le exonera de asistir al Sr. Edgar Jesús Rodríguez Leyva (Ejecutor Coactivo) y no pudiendo ejercer sus funciones como tal lo que impide que el procedimiento Coactivo siga su curso correspondiente, las medidas de coacción se encuentran paralizadas, así como las suspensiones y levantamientos de embargos de aquellos contribuyentes que hayan cumplido con su obligación, se hace impostergable encargar a una persona de la Institución que cumpla con los requisitos exigidos por el artículo 4º de la Ley Nº 26979, que pueda ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo mediante alguna de las modalidades de desplazamiento. Que, mediante el Memorándum Nº 0845-2015-MPH/ GM de fecha 26 de noviembre de 2015, la Gerencia Municipal propone al Abog. Carlos Eduardo Colán Chavinpalpa, para que se le asigne la encargatura de las funciones de Ejecutor Coactivo, mientras se resuelva la situación administrativa del Sr. Edgar Jesus Rodríguez Leyva. Que, el artículo 76º y 82º del D.S. Nº 005-90-PCM, aplicable al Sr. Edgar Jesús Rodríguez Leyva (Ejecutor Coactivo) regula las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la carrera administrativa, para fines del presente caso, el Encargo que tiene por naturaleza jurídica ser temporal, excepcional y que consiste en atribuir a un servidor el desempeño de funciones de responsabilidad ante la ausencia del titular, debiendo efectuarse teniendo en consideración la formación, capacitación y experiencia del servidor según el grupo y nivel de carrera. Que, el servidor Abog. Carlos Eduardo Colán Chavinpalpa, cumple con el perfil requerido para el cargo de Ejecutor Coactivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, que contempla los requisitos que deberá reunir el Ejecutor Coactivo. Estando a los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR de manera temporal y a partir de la fecha al Abog. CARLOS EDUARDO COLÁN CHAVINPALPA con Registro CAL 40220 en el cargo de Sub Gerente de Ejecutoria Coactiva, Unidad Orgánica dependiente de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaral. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y Sub Gerencia de Recursos Humanos en lo que les corresponda. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1318233-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Aprueban Implementar la Intervención Saberes Productivos en la Municipalidad de Cerro Azúl
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 11-2015-MDCA Cerro Azul, 13 de noviembre del 2015.

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