Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2015 (06/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Domingo 6 de diciembre de 2015 /

El Peruano

JVE-501; Tipo: PORTATIL Y FIJO; Procedencia: CHINA; con Ficha de Homologación Nº 030-G, Código de Homologación: G-028-2015-DGASA-MTC y Certificado de equipo homologado para medición de emisiones vehiculares Nº 052 de fecha 07 de octubre de 2015; y, del equipo: OPACÍMETRO, Marca: JEVOL, Modelo: JVS-600 OPACIMETER, Tipo: PORTATIL Y FIJO, Procedencia: CHINA; con Ficha de Homologación Nº 020-D, Código de Homologación: D-013-2015-DGASA-MTC y Certificado de equipo homologado para medición de emisiones vehiculares Nº 053 de fecha 07 de octubre de 2015; a favor de la empresa BARBICAN S.A.C. dicha aprobación tiene vigencia de cinco (05) años contados desde la publicación de la presente Resolución Directoral, siendo pasible de ser renovada a solicitud de parte y encontrándose sujeta a las acciones que realice la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, en el cumplimiento de sus funciones. Artículo 2º.- EXPEDIR a favor de empresa BARBICAN S.A.C. los Certificados de equipos homologados para medición de emisiones vehiculares Nº 052 y Nº 053, para los equipos señalados en el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución Directoral, cuyo costo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, deberá correr por cuenta de la empresa BARBICAN S.A.C.. Artículo 4º.- El uso del equipo homologado para el Control Oficial de los Límites Máximos Permisibles, requerirá de la previa Autorización de Uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con los artículos15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 5º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modificaciones que pueda sufrir el presente modelo de equipo en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. MIGUEL ANTONIO RODRIGUEZ ZEVALLOS Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 1319292-1

por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil; Que, de acuerdo con el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, el cargo de Intendente Regional está calificado como Empleado de Confianza; Que, a la fecha el cargo de Intendente Regional de Tumbes se encuentra vacante; Que, de acuerdo a lo antes expuesto, resulta necesario designar a la persona que asumirá como titular del referido cargo; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Administración, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con las facultades conferidas en el literal f) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir del 06 de diciembre de 2015, a la señora Nila Carmela Sánchez Medina, como Intendente Regional de Tumbes de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, cargo calificado como Empleado de Confianza. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Sunafil (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ENRIQUE PAJUELO BUSTAMANTE Superintendente (e) Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL 1320099-1

PODER JUDICIAL

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Imponen medida disciplinaria de destitución a Especialista Legal de Actos Externos del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima
INVESTIGACIÓN N° 351-2013-LIMA Lima, doce de agosto de dos mil quince. VISTA: La Investigación número trescientos cincuenta y uno guión dos mil trece guión Lima que contiene la propuesta de destitución del señor Henry Gallardo Miñope, por su desempeño como Especialista Legal de Actos Externos del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número cuarenta y uno de fecha cinco de agosto de dos mil catorce; de fojas seiscientos tres a seiscientos doce. CONSIDERANDO: Primero. Que la presente investigación disciplinaria tiene su origen en la denuncia verbal del señor Leoncio Huarancca Huamaccto, sobre actos de corrupción cometidos por el señor Henry Gallardo Miñope por su actuación como Especialista Legal de Actos Externos del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la tramitación del Expediente número

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Intendente Regional de Tumbes de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 193-2015-SUNAFIL Lima, 4 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6° de la mencionada Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, el literal f) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado

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