Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
DECRETA:

569375

RELACIONES EXTERIORES
Ratifícan la "Enmienda N° Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)"
DECRETO SUPREMO Nº 072-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)" fue suscrita el 21 de enero de 2015; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la "Enmienda Nº Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)", suscrita el 21 de enero de 2015. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro de la referida Enmienda, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1326706-1

Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico", suscrito el 22 de mayo de 2013, en la ciudad de Cali, República de Colombia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30384, del 14 de diciembre de 2015. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la señora Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1326706-2

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir inmueble para la sede del Consulado General del Perú en Miami
DECRETO SUPREMO Nº 074-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es interés del Perú contar con un inmueble de fácil acceso y de preferencia cercano a las áreas de concentración de la población peruana para la oficina consular del Perú en Miami, Estados Unidos de América, a efecto de brindar a los connacionales atención, apoyo y asistencia, así como contar con las facilidades necesarias para el desarrollo de los servicios consulares y presentar las características de decoro propias de la representación nacional; Que, el Consulado General del Perú en Miami viene funcionando en un local alquilado por un costo mensual de US$ 20 190,00 (veinte mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos); Que, mediante Decreto Supremo N° 333-2015-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de S/ 61 533 631,00 (sesenta y un millones quinientos treinta y tres mil seiscientos treinta y uno y 00/100 soles), correspondiéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de S/ 60 673 631,00 (sesenta millones seiscientos setenta y tres mil seiscientos treinta y un y 00/100 soles), de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de dicha norma, con la finalidad de financiar, entre otros gastos, la adquisición de inmuebles en el exterior para el Consulado General del Perú en Miami; Que, se ha identificado un inmueble ubicado en el 1401 Ponce de León Boulevard Coral Gables, Florida 33134-4007, Estados Unidos de América; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta

Ratifícan el "Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico"
DECRETO SUPREMO Nº 073-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico" fue suscrito el 22 de mayo de 2013, en la ciudad de Cali, República de Colombia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30384, del 14 de diciembre de 2015; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;

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