TEXTO PAGINA: 53
569375 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de diciembre de 2015 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Ratifícan la “Enmienda N° Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)” DECRETO SUPREMO Nº 072-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la “Enmienda Nº Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)” fue suscrita el 21 de enero de 2015; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda Nº Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)”, suscrita el 21 de enero de 2015. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro de la referida Enmienda, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1326706-1 Ratifícan el “Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico” DECRETO SUPREMO Nº 073-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífi co” fue suscrito el 22 de mayo de 2013, en la ciudad de Cali, República de Colombia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30384, del 14 de diciembre de 2015; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífi co”, suscrito el 22 de mayo de 2013, en la ciudad de Cali, República de Colombia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30384, del 14 de diciembre de 2015. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la señora Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1326706-2 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir inmueble para la sede del Consulado General del Perú en Miami DECRETO SUPREMO Nº 074-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es interés del Perú contar con un inmueble de fácil acceso y de preferencia cercano a las áreas de concentración de la población peruana para la ofi cina consular del Perú en Miami, Estados Unidos de América, a efecto de brindar a los connacionales atención, apoyo y asistencia, así como contar con las facilidades necesarias para el desarrollo de los servicios consulares y presentar las características de decoro propias de la representación nacional; Que, el Consulado General del Perú en Miami viene funcionando en un local alquilado por un costo mensual de US$ 20 190,00 (veinte mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos); Que, mediante Decreto Supremo N° 333-2015-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de S/ 61 533 631,00 (sesenta y un millones quinientos treinta y tres mil seiscientos treinta y uno y 00/100 soles), correspondiéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de S/ 60 673 631,00 (sesenta millones seiscientos setenta y tres mil seiscientos treinta y un y 00/100 soles), de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de dicha norma, con la fi nalidad de fi nanciar, entre otros gastos, la adquisición de inmuebles en el exterior para el Consulado General del Perú en Miami; Que, se ha identifi cado un inmueble ubicado en el 1401 Ponce de León Boulevard Coral Gables, Florida 33134-4007, Estados Unidos de América; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta