Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2015 (26/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

569934 PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

Sábado 26 de diciembre de 2015 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MATEO
Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 21-2015-CM-MDSM-H San Mateo, 22 de diciembre de 2015 VISTO: En Sesión de Concejo el INFORME Nº 105-2015-OMASB-MDSM, remitido por la Oficina de Medio Ambiente y Saneamiento Básico, solicitando la aprobación por parte del Concejo la Ordenanza Municipal del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Mateo. POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Mateo en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de diciembre de 2015, aprobó el proyecto "Plan de Manejo de Residuos Sólidos", para el cumplimiento de la Meta 37; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 94º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias; Que, según la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 73º señala que entre las materias de competencia ambiental municipal, es la planificación del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo, la protección y la conservación del ambiente; así como la formulación, aprobación, ejecución y monitoreo de los planes y políticas locales en materia ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, se establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida. Asimismo, en el artículo 67º de la referida norma, dispone que a los Gobiernos Locales les corresponda priorizar las medidas de saneamiento, que incluya la gestión y manejo de los residuos sólidos; Que, según la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314 modificada por el Decreto Legislativo Nº 1056, en su artículo 10º menciona que los distritos son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos, y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción y deben de contar con planes de manejo de los mismos; Que, según el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, precisa en el artículo 23º que las Municipalidades Distritales formulan sus planes sobre

el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley; Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el Distrito de San Mateo, ha sido elaborado por el Equipo Técnico de Residuos Sólidos de la Municipalidad de San Mateo, reconocido mediante Resolución de Alcaldía Nº 184-2015-MDSM/A de fecha 26 de noviembre del 2015, donde cuyas actividades tienen por finalidad de optimizar el servicio de limpieza pública, en los aspectos de gestión y manejo de los residuos sólidos en marco de la gobernanza ambiental, previniendo de esta forma la contaminación ambiental y la salud de la población; Que, mediante Dictamen Nº 105-2015-OMA-SB-MDSM, la Oficina de Medio Ambiente y Saneamiento Básico, presenta el actual Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Mateo, en el cual sustenta el cumplimiento de metas según lo establecido en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal año 2015, aprobado por el D.S Nº 033-2015-EF; así mismo, mediante el referido informe recomienda que se aprueba mediante Ordenanza el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Mateo (PMRS), solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contanto con el voto por unanimidad de los Señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE SAN MATEO Artículo Primero.- Aprobar el "Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Mateo (PMRS)", que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 057-2014-ALC/MDSM y cualquier otra norma que se oponga a lo expuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Mateo, para el mejor cumplimiento del mismo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Saneamiento Básico y Medio Ambiente, Oficina de Planificación y Presupuesto, la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Mateo. Artículo Quinto.- Transcribir a la Oficina de Imagen Institucional la publicación en el diario de mayor circulación, así como la difusión en la página web de la Municipalidad la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR LO TANTO: Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase. NORBI DARBIN DIONICIO MANGO Alcalde 1327346-1

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