Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

573696
NTP 399.503/AD 1:2012

NORMAS LEGALES
ADENDA 1. JOYERÍA Y ORFEBRERÍA. Manual de buenas prácticas de mercadeo y manufactura. 1ª Edición CEMENTOS. Aditivos de proceso a usarse en la producción de cementos Portland. 2ª Edición CEMENTOS. Cementos Portland adicionados. Requisitos. 5ª Edición CORRIGENDUM 1. CEMENTOS. Cementos Portland adicionados. Requisitos. 1ª Edición CORRIGENDUM 2. CEMENTOS. Cementos Portland adicionados. Requisitos. 1ª Edición CALES. Materiales encalantes agrícolas. Requisitos. 1ª Edición CEMENTOS. Mesa de flujo para ensayos de cementos Portland. 1ª Edición CEMENTOS. Método para medir cinética de la hidratación de mezclas cementosas hidráulicas usando la calorimetría isotérmica. 1ª Edición HORMIGÓN (CONCRETO). Práctica normalizada para la elaboración y curado de especímenes de concreto en campo. 3ª Edición HORMIGÓN (CONCRETO). Método de ensayo para la medición del asentamiento del concreto de cemento Portland. 3ª Edición HORMIGÓN (CONCRETO). Especificación normalizada para el muestreo de materiales utilizados en concreto proyectado. 1ª Edición

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

NTP 321.136:2002

PETRÓLEO Y DERIVADOS. Ligamentos asfálticos clasificados por su desempeño. Especificaciones. 1ª Edición LEGUMINOSAS DE GRANO SECO. Frijol. Definiciones y requisitos. 2ª Edición CORRIGENDUM 1. LEGUMINOSAS DE GRANO SECO. Frijol. Definiciones y requisitos. 1ª Edición

NTP 334.085 2005

NTP 205.015:2009

NTP 334.090:2013

NTP 205.015:2009/COR 1:2014

NTP 334.090:2013/COR 1:2013

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO URIA TORO Directora Dirección de Normalización 1328793-2

NTP 334.090:2013/COR 2:2014

NTP 334.098:2000 NTP 334.126:2002

Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre envases y accesorios plásticos en contacto con alimentos, café y otras
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2015-INACAL/DN Lima, 29 de diciembre de 2015 VISTO: El acta de fecha 29 de diciembre de 2015 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional de para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Envase y embalaje; b) Seguridad de juguetes y útiles de escritorio para niños; c) Café; d) Productos agroindustriales de exportación;

NTP 334.173:2011

NTP 339.033:2009

NTP 339.035:2009

NTP 339.202:2006

NTP 339.034:2008 (revisada el 2013) HORMIGÓN (CONCRETO). Método de ensayo normalizado para la determinación de la resistencia a la compresión del concreto, en muestras cilíndricas. 3ª Edición NTP 339.037:2008 (revisada el 2013) HORMIGÓN (CONCRETO). Práctica normalizada para el refrentado de testigos cilíndricos de hormigón (concreto). 3ª Edición NTP 339.211:2007 HORMIGÓN (CONCRETO). Método de ensayo normalizado para determinar el espesor de elementos de concreto mediante la extracción de corazones. 1ª Edición Textiles. Hilados. Determinación de la fuerza o carga de rotura y del alargamiento en la rotura de hilos individuales. 1ª Edición TEXTILES. Etiquetado para prendas de vestir y ropa para el hogar. 2ª Edición

NTP-ISO 2062:2005

NTP 231.400:2009

NTP 231.008:1967 (revisada el 2010) TEXTILES. Método acelerado de ensayo de solidez del color al lavado doméstico e industrial. 1ª Edición

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