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El Peruano Martes 13 de enero de 2015 544662 11) JOSE DEL CARMEN SILVA MECHATO 12) FLORENTINO ALBERTO CALLE ENRIQUEZ b. CATEGORÌA ASOCIADO: 1) WILFREDO CRUZ YARLEQUE 2) JUAN WILBER CEBRIAN BARZOLA 3) EDGAR ABRAHAM MALDONADO DUQUE 4) JORGE REYES OTERO 5) HECTOR WILMER FIESTAS BANCAYAN 6) WILMER AHUMADA RIVERA 7) EDUARDO SALAZAR CASTILLO 8) JUAN MANUEL TUME RUIZ c. CATEGORÌA AUXILIAR: 1) LEOPOLDO OTINIANO VASQUEZ 2) GREGORIO MECHATO QUINTANA 3) PASCUAL BERNARDO QUIROGA CHECA 4) EDUARDO OMAR AVILA REGALADO Artículo Tercero.- DECLARAR como ganadora en la elección de representantes estudiantiles a la LISTA Nº 02 - Nueva Alianza de Solución Académica (NASA): Total Mesas Instaladas: 112 Centros de Votación: 08 (Uno por provincia) COMPUTO FINAL Lista Nº 01 (FUE) 3698 Lista Nº 02 (NASA) 7320 Votos Blancos 182 Votos Nulos 1149 TOTAL SUFRAGIOS 12349 Total Electores 18618 No sufragaron 6269 Porcentaje de participación estudiantil 66.33% Artículo Cuarto.- PROCLAMAR en el cargo de REPRESENTANTES ESTUDIANTILES a la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional de Piura a los estudiantes electos que se indica a continuación, a quienes se otorga la credencial que los acredite en el cargo en el que han sido elegidos. REPRESENTANTES ESTUDIANTILES 1) JIMMY ALONSO RÍOS DOMINGUEZ 2) JUNIOR JOEL CARRASCO CRISANTO 3) EDWIN PIZARRO VASQUEZ 4) FIORELLA FRARROISSE PRESENTACION MORALES 5) DARWIN JOEL LALUPU CORREA 6) NOE ALEXANDER NUÑEZ BARRIA 7) NOELIA YALERQUE FERNANDEZ 8) ANGELLO FRIAS GONZALES 9) LUZ AURITA GARCIA MENA 10) JEAN EULOGIOROMERO GUZMAN 11) JEAN JUAREZ LIVIAPOMA 12) CESAR CASAVERDE MENDOZA Artículo Quinto.- INSTÁLESE la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional de Piura inmediatamente después de concluida la elección de sus miembros por convocatoria del presidente del Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo, debiendo ser presidida por el docente principal más antiguo. La Asamblea Estatutaria redactará y aprobará el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, en un plazo de cincuenta y cinco (55) días calendario. En la fecha de aprobación del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, la asamblea estatutaria deberá establecer el cronograma de elección de las nuevas autoridades y el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes. El referido cronograma debe incluir las fechas de la convocatoria a nuevas elecciones, de realización del proceso electoral, y de designación de las nuevas autoridades. La designación de las nuevas autoridades debe realizarse antes de que concluya el periodo de mandato de las autoridades vigentes. Al aprobarse el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, y el cronograma electoral del párrafo anterior, la Asamblea Estatutaria asumirá transitoriamente las funciones de la Asamblea Universitaria hasta la elección de las nuevas autoridades. Téngase presente que el proceso de elección de nuevas autoridades deberá ser realizado por el Comité Electoral constituido conforme a lo establecido en el Artículo 72 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, y comprende la elección del Rector, del Vicerrector y de los Decanos, reconstituyéndose así la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario y los Consejos de Facultad. Artículo Sexto.- REMITIR la presente resolución y el acta general de proclamación de resultados de la elección de representantes a la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional de Piura, al Consejo Universitario y Secretaría General de la misma, así como a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales para su conocimiento. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario de los Avisos Judiciales de la ciudad de Piura y Diario Oficial EL PERUANO, así como en el portal institucional de la Universidad Nacional de Piura, www.unp.edu.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ALFREDO SULLON LEON Presidente - CEUTA - UNP Luis Saúl Céspedes Lomparte Miembro - CEUTA - UNP Ferrer Farías Alburquerque Miembro - CEUTA - UNP 1187287-1 MINISTERIO PUBLICO Aprueban Reglamentos de “Denuncias en Línea” y de “Línea de Orientación al Ciudadano” RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 045-2015-MP-FN Lima, 9 de enero de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 001-2014-MP-FN/CTT de fecha 18 de noviembre del 2014, cursado por el Presidente de la Comisión Técnica de Trabajo encargada de revisar y proponer un nuevo reglamento del Sistema Web, Línea de Supervisión Ciudadana, mediante el cual eleva los Proyectos de “Reglamento de Denuncias en Línea” y “Reglamento de Línea de Orientación al Ciudadano”, al Despacho de la Fiscalía de la Nación; CONSIDERANDO: En el Marco de la modernización de la Gestión del Estado, el Ministerio Público viene orientando sus esfuerzos al diseño de un modelo de gestión pública, a efecto de conseguir resultados que impacten en la seguridad y bienestar de los ciudadanos; Por Resolución de Gerencia General N° 1192-2014- MP-FN-GG, del 28 de Octubre del 2014, designaron como representante de la Dirección de la Gerencia General a la Gerente de la Ofi cina Central de Tecnología de la Información, quien es responsable de la implementación y ejecución del Sistema de Gestión de la Calidad, Norma Internacional ISO:2001:2008; Para tal fi n, entre uno de sus objetivos, se ha propuesto regular los temas de denuncias en línea y orientación al ciudadano, con la fi nalidad de acercar los servicios Justicia que el Ministerio Público brinda a los ciudadanos, estableciendo para ello un procedimiento que les permita, a través de la página Web Institucional, presentar sus “Denuncias en Línea”, con la seguridad y la reserva que