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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2015 (13/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Martes 13 de enero de 2015 544657 presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en los literales f) y g) del artículo 7º del precitado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo y en materia presupuestaria; Que, según el documento de visto, el jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo solicita y sustenta la emisión de la resolución que delegue en la Secretaria General determinadas facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2015; Que, con el fi n de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo para el Año Fiscal 2015, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada gestión institucional y establecer los niveles de decisión y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las facultades solicitadas por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modifi cada por la Ley N° 29882; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7º y 40º de la Ley N° 28411 y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en la Secretaria General o la que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria: a. Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2015, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411. b. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2015, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a su función, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7º de la Ley Nº 28411. Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 1186986-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL ASAMBLEA ESTATUTARIA RESOLUCIÓN Nº 004-2015-AE - UNFV San Miguel, 8 de enero del 2015 CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional Federico Villarreal, constituida mediante elecciones libres y democráticas, dando cumplimiento con lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, vigente a partir del 10 de julio del 2014; y dando cumplimiento a lo resuelto en las Resoluciones Nº 001 y Nº 002-2014-CEUTA-UNFV del 06.11.2014 del Comité Electoral Universitario Transitorio Autónomo-UNFV que proclaman a los miembros docentes y estudiante de la Asamblea Estatutaria-UNFV, ratifi cada con las Resoluciones R. Nº 6752 y 6753-2014- UNFV del 11.11.2014; y en mérito a la Resolución Nº 001-2014-AE-UNFV del 17.11.2014 que designa al Dr. Dante Añaños Castilla para presidir la mesa Directiva de la Asamblea Estatutaria-UNFV y al Dr. Carlos Heráclides Pajuelo Camones como Secretario, seguido de los demás miembros; en sesión plenaria realizado con fecha 20 de noviembre del 2014, acordó aprobar su Reglamento Interno, su cronograma de trabajo y su cuadro de comisiones, conforme se establece en la Resolución Nº 002-Asamblea Estatutaria-UNFV. Que, el pleno de la Asamblea Estatutaria en cumplimiento de su cronograma de trabajo, y después de evaluar las propuestas de todas las comisiones y tras un debate democrático, respetuoso y universitario acordó aprobar todos y cada uno de los artículos del nuevo Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal; asimismo sus disposiciones complementarias, transitorias y fi nales. Que, de conformidad con lo señalado por el décimo primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, una vez aprobado el Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal: la Asamblea Estatutaria asume transitoriamente las funciones de Asamblea Universitaria hasta la elección de nuevas autoridades. Y estando conforme con el Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, en concordancia con la Ley Universitaria - Ley Nº 30220 y el artículo 18 de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, el mismo que cuenta con once Títulos, 231 Artículos, nueve Disposiciones Complementarias y Transitorias y nueve Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- De conformidad con lo señalado por el décimo primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, aprobado el Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Asamblea Estatutaria asume transitoriamente las funciones de Asamblea Universitaria, hasta la elección de nuevas autoridades. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad y en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. DANTE AÑAÑOS CASTILLA Presidente CARLOS HERÁCLIDES PAJUELO CAMONES Secretario 1186975-2