Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

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Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. JHONEL MORDAZA JAMIS MORDAZA 1188750-1

de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y de Serenazgo para el Ejercicio 2015; Que, siendo necesario incentivar la cultura tributaria en el distrito y fomentar el pago oportuno de los arbitrios municipales y el impuesto predial; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario del Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL INCENTIVO TRIBUTARIO DEL PRONTO PAGO Y PAGO PUNTUAL EN EL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Articulo 1.- Los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de sus tributos municipales, incluidas las cuotas por fraccionamiento, podran obtener el siguiente beneficio: Descuento del 10% sobre el monto total anual a pagar por arbitrios municipales correspondientes al periodo 2015, siempre que se efectue el pago al contado de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del mencionado periodo hasta la fecha del vencimiento de la primera cuota de los mismos. En ningun caso, el descuento podra ser mayor de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) anuales por predio. Excepcionalmente, para los contribuyentes que registren adeudos de periodos anteriores se otorgara un descuento del 10% sobre el monto de Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2015, siempre que se efectue el pago al contado de la totalidad del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del indicado periodo, hasta la fecha del vencimiento de la primera cuota de los mismos. El descuento sera del 5% sobre el monto de Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2015, si se efectua el pago al contado de al menos la primera cuota del pago fraccionado del Impuesto Predial y la totalidad de los Arbitrios Municipales del mencionado periodo, hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota de los mismos. En estos dos ultimos casos, el descuento no podra ser mayor a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) anuales por predio. De poseer el contribuyente varios predios, la evaluacion del cumplimiento de las condiciones para la aplicacion de los descuentos MORDAZA descritos, se realizara respecto de cada predio por separado, previo pago del Impuesto Predial segun lo establecido. Articulo 2.- Los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de sus tributos municipales, no registren montos por fraccionamiento, y cumplan con el pago de sus tributos del ejercicio 2015 dentro del Cronograma de Pagos establecido, tendran un descuento del 5% sobre el monto mensual de sus arbitrios, siempre que efectuen puntualmente el pago de las cuotas trimestrales del Impuesto Predial o efectuen el pago anual de dicho impuesto. El descuento no podra ser mayor a S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) mensuales por predio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Respecto de los contribuyentes que no registren deudas por concepto de periodos anteriores al 2015, pero tienen acotados unicamente montos por gastos y costas procesales del procedimiento de cobranza coactiva, se les otorgara el Beneficio de Condonacion del integro de las mismas. Segundo.- El costo generado por la aplicacion de los beneficios dispuestos a traves de la presente Ordenanza sera asumido integramente por la Municipalidad. Tercera.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico deberan realizar los ajustes presupuestales e informaticos que correspondan, segun los alcances de la presente Ordenanza. Cuarta.- La Gerencia de Administracion Tributaria y la Gerencia de Administracion y Finanzas se encargaran de ejecutar las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Designan al Secretario General como funcionario responsable de entregar informacion de acceso publico de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 060 San MORDAZA, 9 de enero de 2015 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 3° del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por el Decreto Supremo N° 043-2003PCM, la Entidad Publica designara a un funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico; Que, el articulo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establece que la designacion del funcionario responsable de entregar la informacion se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad y sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, por Resolucion de Alcaldia N° 003 de fecha 01 de enero del 2015 se designo a Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretario General de la Municipalidad de San Isidro; Que, en este contexto, es necesario designar al funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, de acuerdo con las normas de transparencia y acceso a la informacion publica; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 0002 -2015-0400-GAJ/MSI; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 20°, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALLEJOS-Secretario General, como funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico de la Municipalidad de San Isidro. Articulo Segundo.- DISPONER que los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA deberan cumplir, bajo responsabilidad, las disposiciones de la Directiva N° 012-2006/MSI "Normas de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", aprobada por Resolucion de Gerencia Municipal N° 2312-2006-09GM/MSI. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposicion que se oponga a la presente.

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