Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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JNE, de fecha 6 de junio de 2013, ha establecido una clasificacion de las causales de declaratoria de vacancia, en razon del grado de discrecionalidad del concejo municipal y del propio MORDAZA Nacional de Elecciones para valorar el hecho imputado, de modo tal que la causal de muerte, regulada en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, se considera como una de caracter objetiva. 3. Asi tambien, este colegiado ha senalado que en los casos de las causales de declaratoria de vacancia previstas en el articulo 22, numeral 1 y 6, de la LOM (fallecimiento y condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad), se encuentra legitimado para, de contar con la documentacion correspondiente remitida por los organos competentes, declarar, en definitiva instancia jurisdiccional, la vacancia de una autoridad municipal y, consecuentemente, convocar a las nuevas autoridades municipales respectivas. 4. Ahora bien, la Resolucion Nº 539-2013-JNE tambien ha considerado que resultaria contrario, no solo a los principios de economia y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal objetiva descrita en el considerando anterior, como es el caso del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposicion de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recien en ese escenario, pueda el MORDAZA Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 5. En tal sentido, en vista de que se tiene por acreditada la causal de vacancia contemplada en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la MORDAZA certificada del Acta de Defuncion Nº 01756222, y con la finalidad de no perjudicar la gobernabilidad de la gestion municipal, la misma que podria verse alterada con la innecesaria espera del plazo para que el acuerdo de concejo que declara la vacancia por fallecimiento, quede consentido, corresponde declarar la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por considerarlo incurso en la causal prevista en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, y en consecuencia, convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Partido Popular MORDAZA - PPC, para completar el numero regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de Cajamarca. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamacion de resultados, de fecha 12 de noviembre de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las elecciones municipales del ano 2014. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal de fallecimiento, establecida en el articulo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44300821, candidata no proclamada del Partido Popular MORDAZA - PPC, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018,

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1189288-1

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de magistrados a Costa Rica, en comision de servicios
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 081-2015-MP-FN MORDAZA, 14 de enero de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Oficio Nº 003-2015-JUS/DM de fecha 07 de enero de 2015, el senor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, solicito autorizacion para que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial de la Fiscalia Especializada en Delitos contra el Terrorismo y Lesa Humanidad de MORDAZA, viaje a la MORDAZA de San MORDAZA - Costa Rica, del 27 al 30 de enero de 2015; Lo solicitado obedece a la convocatoria formulada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que el referido Magistrado participe en la Audiencia Publica en el Caso CDH Nro. 12.568 Caso MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Familiares contra el Estado Peruano, la misma que se llevara a cabo en la sede del Tribunal de San Jose; Estando a lo expuesto y atendiendo a lo solicitado, resulta necesario autorizar a la senora Fiscal mencionada, para que participe en las actividades MORDAZA descritas; por lo que corresponde otorgarle licencia con goce de haber, conforme a lo dispuesto en el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico, y en el literal a) del articulo 110º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico"; El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, sera con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Publico; Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logistica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley Nº 27619, que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM, asi como por las Resoluciones N° 17532013-MP-FN y N° 602-2013-MP-FN-GG; y, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero: Autorizar el viaje de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial de la Fiscalia Especializada en Delitos contra el Terrorismo y Lesa Humanidad de MORDAZA, a la MORDAZA de San MORDAZA - Costa Rica, del 27 al 30 de enero de 2015, para los fines descritos en la presente resolucion, debiendosele otorgar

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