Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2015 (25/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA 25 de enero de 2015

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Fecha de Vencimiento 30 de Setiembre del 2015 30 de Octubre del 2015 30 de Noviembre del 2015 31 de Diciembre del 2015 CONSIDERANDO: Que, la constitucion politica del Peru, en su articulo 194º modificado por la Ley Nº 27680 ley de reforma constitucional de fecha 06 de Marzo del 2003, senala que las municipalidades provinciales y distritales conforme a ley, son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en sus asuntos de competencia. Que, la Ley Organica de las Municipalidades Nº 27972 en el articulo 40º senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regularizacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Que, el numeral 9) del Articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que son rentas municipales, los derechos por la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos y cauces de los MORDAZA, y canteras localizadas en su jurisdiccion, conforme a Ley. Que, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo conforme al Articulo 79º numeral 3.6) y 3.6.6) de la Ley Nº 27972, las Municipalidades estan facultadas para ejercer las funciones especificas exclusivas para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de las zonas de Extraccion de Materiales de Construccion. Que, con fecha 11 de MORDAZA del 2004 se ha publicado en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley Nº 28221 ­ Ley que Regula el Derecho por Extraccion de Materiales de los Alveos, Cauces de los MORDAZA, prescribe que las Municipalidades Distritales y Provinciales en su Jurisdiccion, son competentes para autorizar la extraccion de materiales y percibir el derecho correspondiente, que no podra ser superior al derecho de vigencia que MORDAZA los concesionarios mineros no metalicos. Que, se entiende por materiales que acarrean y depositan las aguas en los alveos o cauces de los MORDAZA a los minerales no metalicos que se utilizan con fines de construccion, tales como limos, arcillas, MORDAZA, grava, guijarros, MORDAZA rodados y bloques, entre otros. Que, asimismo el cobro, por los derechos de extraccion a que se refiere el numeral (9) del articulo 69º de la Ley Nº 27972, senala que "Los derechos por la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos y cauces de los MORDAZA y canteras localizadas en su Jurisdiccion, conforme a Ley. Que, el otorgamiento de autorizaciones por parte de la Municipalidad, infiere una serie de procedimientos que es conveniente precisar por lo que resulta necesario dictar la normatividad al respecto. Estando a lo expuesto en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de Sayan, aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REGULA LA EXTRACCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION UBICADOS EN LOS ALVEOS, CAUCES DE LOS MORDAZA Y CANTERAS DENTRO DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAYAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- De Las Autorizaciones.- Regular en la Jurisdiccion del Distrito de Sayan, el otorgamiento y vigencia de las autorizaciones para la extraccion de materiales de construccion que acarrean y depositan las aguas en los alveos o cauces de MORDAZA, priorizando las zonas de extraccion en el cauce, los permisos son otorgados en cauces o alveos naturales y canteras en la Jurisdiccion; la aplicacion del derecho por extraccion y la

Meses Setiembre Octubre Noviembre Diciembre

Articulo Decimo Primero.- PRORROGA.- En los casos que por disposicion legal pertinente se declaren feriados no laborables las fechas de vencimiento establecidas, estas se entenderan prorrogadas hasta el dia habil siguiente. Articulo Decimo Segundo.- INTERES MORATORIO.Los pagos que se efectuen con posterioridad a las fechas MORDAZA senalas, estaran sujetas al interes moratorio, de conformidad a lo establecido en el Art. 33º del TUO del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF., concordante con la Ordenanza Provincial N° 05-2010-MPH. Articulo Decimo Tercero.- LISTADO DE CALLES.Publiquese el listado de los valores arancelarios de terrenos de las areas urbanas de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, a que se refiere el articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Decimo Cuarto.- VIGENCIA.- La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion conforme a ley. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion General y Economia, Gerencia de Administracion Tributaria y la Oficina de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza, Asimismo, encargar a la Oficina de Logistica su publicacion y a la Oficina de Informatica su debida difusion en el MORDAZA institucional www.munihuacho.gob.pe Segunda.- Facultese al Senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia pueda modificar el calendario de pagos y dicte medidas complementarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BARBA MITRANI MORDAZA Provincial 1192167-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Regulan la Extraccion de Materiales de Construccion ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2015-MDS/A Sayan, 16 de enero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYAN VISTO: En sesion extraordinaria del pleno de concejo municipal, de fecha....de Diciembre del ano 2014, el proyecto de ordenanza municipal que regula la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos de los MORDAZA y canteras de la jurisdiccion del distrito de Sayan; y,

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