Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2015 (25/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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aplicacion de las sanciones por el incumplimiento de la presente norma. Articulo 2º.- Del Cumplimiento Normativo.- A partir de la vigencia de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley Nº 28221, los derechos que deben abonarse por la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos y cauces de los MORDAZA, asi como de las canteras localizadas dentro de la Jurisdiccion del Distrito, sin excepcion, constituyen rentas del referido Gobierno Local. Articulo 3º.- De Los Ingresos Propios.- Los recursos recaudados por este concepto constituyen ingresos propios de la Municipalidad. CAPITULO II DEL OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES Y LOS REQUISITOS Articulo 4º.- De Los Requisitos.- Las autorizaciones a que se refiere el articulo 1º de la presente Ordenanza se otorgaran a solicitud de parte adjuntando como minimo la siguiente informacion: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA, adjuntando: a) MORDAZA de material a extraerse y el volumen del mismo expresado en metros cubicos. b) Cause o MORDAZA de extraccion asi como los puntos de acceso y salida de cause, todo ello expresado en base a coordenadas U.T.M. c) Planos a escala 1/5000 en coordenadas U.T.M., de los aspectos mencionados en el inciso anterior. d) Ubicacion de las Instalaciones de clasificacion y acopio, si las hubiere. e) Sistema de extraccion y caracteristicas de la maquinaria a ser utilizada. f) Plazo de extraccion. g) La opcion tecnica de la Autoridad Local del Agua. h) Declaracion Jurada de Compromiso Previo, para preservacion de la MORDAZA de extraccion. i) Recibo de Pago por inspeccion tecnica (inspeccion ocular) establecido en el MORDAZA, la cual se realizara de manera mensual. Articulo 5º.- De Las Evaluaciones.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural evaluara la documentacion presentada por el interesado, emitiendo informe tecnico para su evaluacion y expedicion de la Resolucion aprobatoria o denegatoria, segun corresponda. Esta sujeto a calificacion y evaluacion previa con silencio administrativo negativo a los treinta (30) dias. Articulo 6º.- Ubicacion de Las Zonas.- La MORDAZA de extraccion se ubicara siguiendo el eje central del cauce, sin comprometer las riberas ni obras hidraulicas existentes en ellas. Concluida la extraccion, el titular esta obligado bajo sancion a reponer a su estado natural la ribera utilizada para el acceso y salida de las zonas de explotacion. La Municipalidad puede suspender las actividades de extraccion o disponer el cambio de ubicacion de la MORDAZA de extraccion si los titulares de los permisos contaminan gravemente las aguas del rio, afectan el cauce o sus zonas aledanas o la propiedad o afectan la seguridad de la poblacion circundante. Articulo 7º.- Del Orden de Prelacion.-La atencion de las solicitudes de autorizacion respecto de una misma MORDAZA de extraccion, se efectuara teniendo en cuenta el orden de su MORDAZA en el tiempo. El otorgamiento de la autorizacion a favor del primero de los solicitantes, implica denegacion de los siguientes. CAPITULO III CAPITULO VI PAGO DE LOS DERECHOS

El Peruano MORDAZA 25 de enero de 2015

en el termino de cinco (05) dias calendarios de notificado, el monto que le corresponda pagar por concepto de derecho de extraccion de materiales. Articulo 9º.- Pago de Los Derechos.- Los derechos por concepto de extraccion de material de acarreo, seran de 0.0833% de la Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT por metro cubico, en relacion al volumen solicitado, y sera pagado en MORDAZA de La Municipalidad Distrital de Sayan. CAPITULO IV PLAZO DE VIGENCIA Y SUSPENSION Articulo 10º.- Plazo de Vigencia.- El plazo MORDAZA de la autorizacion sera hasta por un periodo de doce (12) meses, pudiendo ser renovado hasta por un periodo igual, a solicitud del interesado y con la aceptacion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, la misma que debera estar debidamente motivada, previa MORDAZA de los requisitos establecidos en el articulo 4º de la presente Ordenanza. Articulo 11º.- Suspension de los Permisos.- La Municipalidad Distrital de Sayan, puede suspender las actividades de extraccion o disponer el cambio de ubicacion de la MORDAZA de extraccion si los titulares de los permisos contaminan gravemente las aguas del rio, afectan el cauce o sus zonas aledanas o la propiedad o afectan la seguridad de la poblacion. CAPITULO V DE LA EXTINCION - EXONERACIONES Articulo 12º.- Extincion de los Permisos: Los permisos otorgados de acuerdo con la presente ordenanza, se extingue por las siguientes causales: a) Vencimiento del plazo del permiso. b) Extraccion total de volumen solicitado. c) Caducidad del permiso declarada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural en los casos previstos en la presente Ordenanza. Ademas si se constatara que el titular ocasiono danos al cauce, a la ribera o fajas marginales; asi como a las defensas riberenas, sin perjuicio de que el infractor repare los danos ocasionados, ademas debe indemnizar por los perjuicios causados. d) Por falta de pago del derecho en forma mensual y/o semanal. e) Incumplimiento de las sanciones impuestas por la Municipalidad conforme a la presente Ley. La Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural llevara un registro de los permisos de extraccion otorgados. Articulo 13º.- De Las Exoneraciones.- Los Ministerios, Entidades Publicas y Gobiernos Regionales que tengan a su cargo la ejecucion de obras viales por modalidad de administracion directa, quedan exceptuados del pago de los derechos previstos en el articulo 9º de la presente ordenanza. Las empresas concesionarias o cualquier otra modalidad que establezca el estado peruano, no se encuentran exceptuados del pago de los derechos por tener un caracter lucrativo. Articulo 14º.- De Los Procedimientos del TUPA.Agregar a los procedimientos de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Sayan, los requisitos establecidos en la ordenanza y el pago de los conceptos que la presente ordenanza incorpora y su estructura de costos que como anexo forma parte integrante de laxz presente Ordenanza.

DEL REGISTRO, PROHIBICIONES Y SANCIONES Articulo 8º.- Plazo de Pago.- Otorgado el permiso de extraccion mediante Resolucion de Gerencia de Desarrollo MORDAZA Rural, el concesionario debera abonar Articulo 15º.- Del Registro.- Crease en la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, el Registro de Autorizaciones

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