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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (15/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 15 de febrero de 2015 546789 las salas serán determinadas por el Consejo Directivo, considerando la especialización y la carga procesal; Que, los artículos 25° y 28° del indicado Decreto Legislativo señalan que cada Sala estará integrada por tres (3) vocales, uno de los cuales lo presidirá, y será asistido por un Secretario Técnico; y que los vocales de las Salas del Tribunal de SUSALUD permanecerán en el cargo por un período de tres (3) años, renovables por decisión unánime del Consejo Directivo de SUSALUD, asimismo, señala que los vocales percibirán una dieta por la asistencia a cada sesión, con un máximo de dos (2) sesiones al mes; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1158, establece que la implementación de mencionado Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional aprobado para la Superintendencia Nacional de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y dicta otras medidas, modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, dispone que las personas al servicio del Estado, y que en representación del mismo formen parte de Directorios, no percibirán dietas en más de una (01) entidad; Que, además, el artículo 38° de la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil, establece que los servidores del Servicio Civil no pueden percibir del Estado más de una compensación económica, remuneración, retribución, emolumento o cualquier tipo de ingreso, precisando que las únicas excepciones las constituyen la percepción de ingresos por función docente efectiva y la percepción de dietas por participación en uno de los directorios de entidades, empresas estatales o en Tribunales Administrativos o en otros órganos colegiados; Que, el literal c) de la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza durante el Año Fiscal 2015, la aprobación de dietas, entre otros, para los miembros del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud; precisando en su último párrafo que el número máximo de dietas que podrán percibir cada uno de los miembros del Tribunal será de cuatro dietas por mes aun cuando asistan a un número mayor de sesiones; Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las escalas remunerativas y benefi cios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonifi caciones que fueran necesarios durante el año fi scal para los pliegos presupuestarios comprendidos en los alcances de la mencionada Ley, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector, siendo nula toda disposición contraria, bajo responsabilidad; Que, en dicho marco, mediante Ofi cio Nº 146-2015- SG/MINSA, el Ministerio de Salud ha propuesto un proyecto de Decreto Supremo que aprueba el monto por concepto de dietas para los vocales del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de SUSALUD, mediante Informe Técnico N° 019-2014-SUSALUD/OGPP, el citado organismo cuenta con los recursos sufi cientes para fi nanciar el otorgamiento de las dietas a los miembros del Tribunal de SUSALUD; por lo que, corresponde establecer el monto de la dieta por sesión que percibirán los mismos, y disponerse un máximo de dos (02) sesiones pagadas al mes; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias, el artículo 5 de la Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y dicta otras medidas, modifi cado por el Decreto de Urgencia N° 038- 2006 y el artículo 38° de la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del pago de Dietas Apruébase la suma de UN MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500,00) que, por concepto de dieta y por cada sesión deberán recibir los miembros del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD). Artículo 2.- Número de Dietas Cada miembro del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) puede recibir como máximo dos (02) dietas al mes, aun cuando asista a un número mayor de sesiones. Artículo 3.- Del fi nanciamiento Los egresos que genere la aplicación de lo señalado en los artículos 1 y 2 del presente decreto supremo serán atendidos con cargo a los recursos de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Límite en la percepción de Dietas Ningún vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) podrá recibir dietas en más de una entidad, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 28212, modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006. Artículo 5.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1201012-1 INTERIOR Aceptan renuncia y designan Director General de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-2015-IN Lima, 10 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0858-2014- IN, de fecha 30 de julio de 2014, se designó al señor abogado Orlando Yahir Chiong Lizano en el cargo público de confi anza, Nivel F-5, de Director General de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que, resulta pertinente emitir la resolución administrativa mediante el cual se acepte la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor abogado Orlando Yahir Chiong Lizano al cargo público de confi anza, Nivel F-5, de Director General de la