Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2015 (15/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA 15 de febrero de 2015

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abstener cualquier otra autoridad de dictar o emitir MORDAZA en contrario; y que las embarcaciones pesqueras artesanales con redes de cerco solo podran extraer el recurso anchoveta para consumo humano directo, fuera de las tres (03) millas marinas de la linea de costa, desde los 04°05´01" hasta los 15°59´59" latitud sur; Que, el IMARPE mediante el Oficio de Vistos, remite el "Reporte Nº 04-2015 incidencia de juveniles de anchoveta flota artesanal y/o de menor escala", en el que informa que la incidencia de ejemplares juveniles del recurso anchoveta alcanzo el 46.5% en el area comprendida entre los 13°30' y 13°59' LS entre las 0 y 10 millas marinas de distancia a la costa; por lo que recomienda aplicar las medidas precautorias de proteccion a los ejemplares juveniles del recurso anchoveta en dicha MORDAZA, por un periodo no menor a tres (3) dias; Que, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, en el Informe de Vistos, en aplicacion del enfoque precautorio y la normatividad vigente, recomienda suspender la actividad extractiva del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) por un periodo de tres (3) dias calendario, en el area comprendida entre los 13°30' y 13°59' LS dentro de las 10 millas marinas de la costa, para salvaguardar la sostenibilidad del stock del citado recurso; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de los Directores Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero y de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, asi como de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley General de Pesca ­ Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion - Decreto Legislativo N° 1047, asi como el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, por un periodo de tres (3) dias calendario, en el area comprendida entre los 13°30' y 13°59' LS, dentro de las diez (10) millas marinas de la costa. Articulo 2.- El Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE efectuara el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biologicos, poblacionales y pesqueros del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Produccion, las medidas de ordenamiento pesquero. Articulo 3.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial asi como lo previsto en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para Consumo Humano Directo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE, sera sancionado conforme al Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas - RISPAC, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE. Articulo 4.- La Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, y la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias, velaran por el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial y realizaran las acciones de difusion que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1201010-1

Designan Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del ITP
RESOLUCION EJECUTIVA N° 014 -2015-ITP/DE Callao, 13 de febrero de 2015 VISTO: El Acuerdo N° SO 01-02-2015-ITP/CD de fecha 29 de enero de 2015, correspondiente a la Sesion Ordinaria N° 02-2015-ITP/CD, y; CONSIDERANDO: Que, por el numeral 2 del Acuerdo N° SO 01-02-2015ITP/CD de fecha 29 de enero de 2015, correspondiente a la Sesion Ordinaria N° 02-2015-ITP/CD se encarga la Jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto al senor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Legtig, personal CAS de esta Entidad, a partir del 03 de febrero de 2015; Que, por la Resolucion Ejecutiva N° 09-2015-ITP/DE de fecha 03 de febrero de 2015, se encarga la Jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Legtig, personal CAS de esta Entidad, a partir del 03 de febrero de 2015; Que, por el numeral 3 del Acuerdo citado en el primer considerando de la presente Resolucion, se designa a la senora MORDAZA MORDAZA Penaloza Vassallo, como Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a partir del 16 de febrero de 2015; Que, el cargo publico de Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP, es un cargo de confianza, conforme se establece en el Cuadro para Asignacion de Personal del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ITP, actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion (ITP) aprobado por la Resolucion Ministerial N° 378-2012-PRODUCE, pudiendose designar a los funcionarios libremente; Que, el articulo 6° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, referente a publicidad, dispone: "Todas las Resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia;" Con el visto de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; Decreto Legislativo N° 92, Ley que crea el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del ITP, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la encargatura conferida al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Legtig, como Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnologico de la Produccion (ITP), dandole las MORDAZA por los servicios prestados, siendo su ultimo dia de funciones el 15 de febrero de 2015. Articulo 2°.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA Penaloza Vassallo, como Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a partir del 16 de febrero de 2015. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Instituto Tecnologico de la Produccion 1201011-1

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