Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2015 (21/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 21 de febrero de 2015

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licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, el numeral 3.2 del Articulo 86º de la misma Ley Organica de Municipalidades, establece como funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales, ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA a fin de mejorar la competitividad; Que, con la Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, se establece el MORDAZA juridico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las Municipalidades; Que, con Ordenanza N° 292-MSS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05.08.2007, se aprobo el Reglamento General de Licencias y Autorizaciones de Funcionamiento en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, la misma que regula los aspectos tecnicos y administrativos para la obtencion de la Licencia y Autorizaciones de Funcionamiento en sus distintas modalidades para el desarrollo de actividades economicas, industriales, profesionales y de servicios, lucrativas o no lucrativas, con la finalidad de lograr el desarrollo economico y el crecimiento comercial ordenado del distrito; Que, mediante el Informe Nº 330-2014-SGCA-GDEMSS del 24.10.2014, la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, adjuntando el proyecto de Ordenanza que regula la MORDAZA de facilitacion para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en determinadas vias del distrito de MORDAZA de MORDAZA, informa que al haberse constatado la recepcion de diversas solicitudes y consultas de vecinos, quienes solicitan autorizacion municipal para sus establecimientos, en zonas consolidadas comercialmente, para el ejercicio formal de diversas actividades comerciales, lo cual les permitira incentivar el desarrollo de actividades administrativas y economicas, mejorando asi la calidad de MORDAZA de sus conductores y demas usuarios, con el consecuente desarrollo economico y crecimiento comercial del distrito; Que, la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, agrega que las vias (Jirones, Calles y Avenidas) ubicadas en las Areas de Tratamiento Normativo I, II y III del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, detalladas en el presente proyecto de Ordenanza, en las que se situan los predios donde existe una consolidacion comercial por establecimientos, que vienen desarrollando diversas actividades comerciales con anterioridad y se constituyen en ejes sectoriales de desarrollo, por lo que, serian objeto del beneficio de la facilitacion para la obtencion de las respectivas licencias de funcionamiento, que en la actualidad no cuentan. Finalmente, senala que el presente proyecto de Ordenanza, se encuentra exceptuado de prepublicacion, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, toda vez que se trata de una MORDAZA que busca mejorar el reglamento de autorizaciones municipales, con la finalidad de optimizar los actos procesales y procedimientos regulados en el mismo, orientados a la satisfaccion de las necesidades de los administrados y en beneficio de los mismos; Que, con Memorandum Nº 128-2014-GDE-MSS del 12.11.2014, la Gerencia de Desarrollo Economico, teniendo en cuenta el precitado Informe, senala que resulta oportuna y necesaria la expedicion de la presente Ordenanza propuesta, por un periodo determinado (con vigencia hasta el 31.07.2015), que permita la regularizacion de las actividades economicas de los vecinos de los sectores del distrito MORDAZA indicados; Que, mediante Informe Nº 013-2015-GAJ-MSS del 08.01.2015, la Gerencia de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta la documentacion presentada, senala que el objetivo del presente proyecto de ordenanza, es flexibilizar la aplicacion de las normas tecnicas y legales que regulan el procedimiento administrativo de Licencias de Funcionamiento en los Inmuebles que se encuentren con frente a las vias ubicadas en las Areas de Tratamiento Normativo I, II y III del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, detalladas en el proyecto de Ordenanza, a fin de regularizar el desarrollo de las actividades economicas, para mejorar la calidad de MORDAZA de los habitantes e inversionistas del distrito, alcanzando asi el desarrollo economico del distrito, ofreciendo facilidades a los conductores de los establecimientos para actividades economicas de comercio, industria y/o de servicios, a efectos que puedan integrarse al MORDAZA laboral formal, estimulando de esta manera la creacion de MORDAZA de trabajo y la regularizacion de las actividades economicas. En tal sentido, concluye opinando por la procedencia

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Ordenanza que regula la MORDAZA de facilitacion para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en determinadas vias del distrito de MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA N° 508-MSS MORDAZA de MORDAZA, 12 de febrero del 2015 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto N° 01-2015-CDU-CAJMSS, de las Comisiones de Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 110-2015-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 017-2015-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 013-2015-GAJMSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, los Memorandum Nros. 128, 129, 137 y 158-2015-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Economico, el Memorandum N° 844-2014GPPDI-MSS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe N° 330-2014-SGCAGDE-MSS de la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que Regula la MORDAZA de Facilitacion para el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en los Inmuebles con la Misma Homogeneidad MORDAZA que se Encuentren con Frente a las Vias Ubicadas en las Areas de Tratamiento Normativo I, II y III del Distrito de MORDAZA de Surco; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley MORDAZA acotada, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa, a traves de planes de desarrollo economico local aprobados en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asi como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)". Asimismo el Articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, el Articulo 79º numeral 3) items 3.6 y 3.6.4 de la Ley N° 27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion. Asimismo, el Articulo 83º numeral 3) item 3.6 de la acotada MORDAZA, establece como funciones exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, el otorgar

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