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El Peruano Sábado 21 de febrero de 2015 547113 Artículo 61°-I.- Sección Cursos Aduanero y Tributario – CAT La Sección Cursos Aduanero y Tributario – CAT depende del Departamento de Docencia Interna Presencial. Se encarga de ejecutar los Cursos Aduanero y Tributario – CAT, para el ingreso de personal profesional a la SUNAT, considerados en el Plan de Capacitación Institucional. Artículo 61°-J.- Funciones de la Sección Cursos Aduanero y Tributario – CAT Son funciones de la Sección Cursos Aduanero y Tributario – CAT: a) Ejecutar los Cursos Aduanero y Tributario – CAT, considerados en el Plan de Capacitación Institucional. b) Participar en el diseño de los Cursos Aduanero y Tributario – CAT y en las propuestas de los instrumentos técnicos-pedagógicos que se requieran. c) Elaborar y elevar los reportes de las actividades a su cargo. d) Elevar los requerimientos de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones. e) Elaborar y elevar al Departamento de Docencia Interna Presencial el informe sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda. f) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Docencia Interna. Artículo 61°-K.- Sección Cursos de Actualización de Conocimientos – CAC La Sección Cursos de Actualización de Conocimientos – CAC depende del Departamento de Docencia Interna Presencial. Se encarga de ejecutar los Cursos de Actualización de Conocimientos – CAC, según el Plan de Capacitación Institucional, relacionados con la materia de los servicios tributarios y aduaneros. Artículo 61°-L.- Funciones de la Sección Cursos de Actualización de Conocimientos - CAC Son funciones de la Sección Cursos de Actualización de Conocimientos – CAC: a) Ejecutar los Cursos de Actualización de Conocimiento – CAC, considerados en el Plan de Capacitación Institucional según el ámbito de su competencia. b) Participar en el diseño de los Cursos de Actualización de Conocimiento – CAC y en las propuestas de los instrumentos técnicos-pedagógicos que se requieran. c) Elaborar y elevar los reportes de las actividades a su cargo. d) Elevar los requerimientos de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones. e) Elaborar y elevar al Departamento de Docencia Interna Presencial el informe sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda. f) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Docencia Interna. Artículo 61°-M.- Departamento de Docencia Interna Virtual El Departamento de Docencia Interna Virtual depende de la Gerencia de Docencia Interna. Se encarga de ejecutar los cursos bajo modalidad virtual y semipresencial, considerados en el Plan de Capacitación Institucional, en materia de los servicios tributarios y aduaneros. Artículo 61°-N.- Funciones del Departamento de Docencia Interna Virtual Son funciones del Departamento de Docencia Interna Virtual: a) Diseñar los cursos en modalidad virtual y los cursos semipresencial en coordinación con el Departamento de Docencia Interna Presencial, considerados en el Plan de Capacitación Institucional según el ámbito de su competencia. b) Ejecutar los cursos en modalidad virtual y semipresencial en coordinación con el Departamento de Docencia Interna Presencial, considerados en el Plan de Capacitación Institucional según el ámbito de su competencia. c) Elaborar y elevar la propuesta de los instrumentos técnicos - pedagógicos para los cursos en modalidad virtual y semipresencial, a cargo del Instituto. d) Elaborar y elevar los reportes de las actividades a su cargo. e) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios para las actividades a su cargo. f) Requerir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos las necesidades de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones. g) Elaborar y elevar a la Gerencia de Docencia Interna, el Informe sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda. h) Elaborar y elevar proyectos de normas y procedimientos de su competencia, en coordinación con el Departamento de Docencia Interna Presencial, cuando corresponda. i) Realizar el seguimiento del cumplimiento de las normas y procedimientos de su competencia. j) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Docencia Interna. Artículo 61°-O.- Gerencia de Formación Externa La Gerencia de Formación Externa depende de la Secretaría Ejecutiva. Se encarga de conducir el proceso de ejecución de las actividades para la formación a corto y mediano plazo del personal de SUNAT, en instituciones distintas a la SUNAT, o con apoyo de ellas, preferentemente en el marco de acuerdos y convenios bilaterales o multilaterales, respecto a los cursos considerados en el Plan de Capacitación Institucional, en materia de servicios tributarios y aduaneros. Artículo 61°-P.- Funciones de la Gerencia de Formación Externa Son funciones de la Gerencia de Formación Externa: a) Conducir la implementación y ejecución del programa de formación a corto plazo y a nivel post grado a mediano plazo considerado en el Plan de Capacitación Institucional. b) Mantener actualizado el programa de formación a nivel post grado a mediano plazo en califi cados centros académicos nacionales y del extranjero. c) Mantener actualizado el programa de formación a corto plazo en instituciones tributarias y aduaneras de prestigio internacional, en instituciones multilaterales u otras de interés institucional, o con apoyo de éstas, preferentemente vía acuerdos y convenios. d) Revisar y elevar la propuesta del programa de formación a corto plazo y a nivel post grado a mediano plazo para ser evaluado por el Comité Consultivo de Capacitación. e) Identifi car las necesidades institucionales de cooperación y asistencia técnica nacional e internacional en materia de capacitación aduanera y tributaria, así como participar en las acciones de evaluación y formulación de convenios de cooperación y asistencia técnica, a través del órgano competente. f) Formular y elevar la propuesta de indicadores de gestión y metas de su competencia. g) Evaluar y remitir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos el cuadro de necesidades de bienes y servicios para las actividades a su cargo. h) Requerir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos las necesidades de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones. i) Elaborar, revisar y remitir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos, cuando corresponda, los informes sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda. j) Supervisar el cumplimiento de normas y procedimientos de su competencia. k) Revisar y elevar las propuestas de normas y procedimientos de su competencia. l) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende el Instituto. Artículo 61°-Q.- Departamento de Formación de Mediano Plazo El Departamento de Formación de Mediano Plazo depende de la Gerencia de Formación Externa. Se