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El Peruano Sábado 28 de febrero de 2015 547724 Que, la Ordenanza N°. 287 que Aprueba el cronograma de vencimiento de los Tributos Municipales 2015 y otorgan benefi cios tributarios a favor de contribuyentes del distrito, en su artículo 2° establece, además de las fechas de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios, un descuento del 15% en Arbitrios por pronto pago; asimismo, en la Primera Disposición Transitoria y Final se faculta al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la fecha de vencimiento y dicte las medidas complementarias para la mejor aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Informe N°. 021-2015-GR/MDSJL, de fecha 20 de febrero del 2015, emitido por la Gerencia de Rentas, se advierte que estando por vencer la fecha de vigencia del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2015 y, a fi n de permitir que nuestros contribuyentes cumplan en forma oportuna con el pago de sus obligaciones tributarias, es necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de marzo del 2015, este plazo también será extensivo al incentivo de descuento del 15% del monto insoluto de Arbitrios, así como para presentar declaración jurada conforme establece el inciso a) del artículo 14° del T.U.O de la Ley de Tributación Municipal; y la condonación de intereses moratorios al 100%, como las multas tributarias en cuanto corresponda; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº. 076-2015-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el vencimiento de pago del primer trimestre del impuesto predial, del primer bimestre de los arbitrios municipales, del descuento del 15% y de los demás benefi cios tributarios establecidos en la Ordenanza N°. 287 hasta el 31 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- Encargar la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General, y en el portal institucional a la Sub Gerencia de Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1205923-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la jurisdicción del distrito ORDENANZA Nº 376-MDSMP San Martín de Porres, 25 de febrero de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES: POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 25 de Febrero de 2015, con el quórum reglamentario de los señores regidores, con el Dictamen Nº 007-2015 de la Comisión de Planifi cación y Finanzas y vistos los Informes Nº 011-2015–GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y Nº 175 -2015-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza 373-MDSMP se establecieron las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2015. Que, en atención a lo establecido por el artículo 92º literal p).- del TUO del Código Tributario aprobado por DS 133-2013 EF. De conformidad con lo establecido por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por Mayoría con dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES Articulo 1.- PRORROGAR las fechas de vencimiento establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ordenanza 373- MDSMP como sigue: a).- Para el pago al contado o en caso de pago fraccionado, para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2015 : 31 de Marzo de 2015 b).- Para el pago de la 1era y 2da cuota de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo : 31 de Marzo de 2015. Articulo 2.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza, así como para establecer su prórroga, la vigencia o la ampliación de las fechas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Articulo 3.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza y a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, el cumplimiento de la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1205564-1 Aceptan donaciones efectuadas por agentes participantes del Presupuesto Participativo 2015 destinadas al cofinanciamiento de sus proyectos de inversión ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2015-MDSMP San Martín de Porres, 25 del 2015 VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 25 de febrero del 2015, con el quórum reglamentario de los señores regidores, el Informe Nº 042-2015-SGP-GPP/MDSMP, del Subgerente de Presupuesto, el Memorándum Nº 171-