Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

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de 2015, respectivamente, solicitó ante el Ministerio de Energía y Minas la oficialización del evento denominado CONGRESO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA MINERÍA 2015, a realizarse el día 13 de agosto de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, el CONGRESO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA MINERÍA 2015 tiene como finalidad difundir e intercambiar información y experiencias sobre el uso de fuentes de energías no convencionales en actividades mineras, así como la oportunidad de encuentro entre ejecutivos, empresarios y funcionarios del sector minero energético, debiendo señalarse que mediante Memorando Nº 0423-2015/MEM-DGE, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas indica que existe opinión favorable con relación a la oficialización del referido evento, en virtud del Informe N° 062-2015-MEMDGE/DEPE, resultando pertinente su oficialización; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Ministerial N° 0502001-EM/SG, que regula el procedimiento para oficializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar el evento denominado CONGRESO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA MINERÍA 2015, a realizarse el día 13 de agosto de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1257954-1

CONSIDERANDO: Que, CHINA MINING es la mayor plataforma de promoción de inversiones mineras, cooperación e intercambio de Asia y una de las principales del mundo, manteniendo un rol importante al reunir a los principales líderes de la industria minera global con las autoridades de gobierno de alto nivel de los principales países mineros; Que, el mencionado evento internacional es organizado por el Ministerio de Tierra y Recursos de la República Popular China; el Gobierno Municipal de Tianjin y la Asociación Minera China, y se realizará en la ciudad de Tianjin, entre el 20 y 23 de octubre de 2015; Que, la Misión Peruana a CHINA MINING, busca consolidar una plataforma de apoyo a una propuesta público-privada-descentralizada y de largo plazo, que defienda y promueva el interés nacional, teniendo dentro de sus objetivos principales promover el acercamiento entre las industrias mineras e industrias conexas al sector minero energético del Perú y China, así como contribuir con el fortalecimiento de las relaciones bilaterales a nivel de Estado; Que, desde el año 2011, los sectores públicos y privados del país, asumen conjuntamente la importante tarea de promover al Perú, dentro del evento referido, como destino destacado para la inversión minera; Que, el Ministerio de Energía y Minas participa activamente coordinando, auspiciando y difundiendo la actividad minera en el Perú, a través del Pabellón Peruano ubicado en el área de exhibición del evento CHINA MINING, contando con la participación de una delegación oficial que incluye la presencia de funcionarios del sector minero, Gobernadores Regionales, y altas autoridades; Que, en el Pabellón Peruano, se busca promocionar una atractiva y sólida imagen del Perú como país receptor de inversiones mineras, con empresas que tengan como objetivo la excelencia ambiental y la inclusión de las comunidades en los beneficios que genera; Que, dada la trascendencia del CHINA MINING como evento de promoción de importancia para el Perú, y teniendo en cuenta que el próximo evento se realizará en octubre del presente año, es necesario considerar de interés la participación de la Misión Peruana como organismo central rector del sector minero peruano en dicho evento internacional; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25962 ­ Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar de interés para el Perú, la participación de la Misión Peruana a CHINA MINING, evento a realizarse del 20 al 23 de octubre de 2015, en la ciudad de Tianjin, República Popular China. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1257955-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 136-2015-IN Lima, 3 de julio de 2015 VISTOS; el Mensaje N° CR-69505/13/UDI/G.9/AAB de fecha 15 de junio de 2015, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Múltiple Nº 269-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 20 de junio de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO:

Oficializan el Congreso de Energías Renovables para Minería 2015, a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2015-MEM/DM Lima, 30 de junio de 2015 VISTO: El Expediente Nº 2500944, presentado por la señora Rosa De La Cruz Chamorro, Coordinadora de Eventos de la empresa Perú Events S.A.C., sobre solicitud de oficialización del evento denominado CONGRESO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA MINERÍA 2015; CONSIDERANDO: Que, la empresa Perú Events S.A.C., a través del documento con registro Nº 2500944 de fecha 27 de mayo

Que, con Resolución Suprema Nº 111-2014-JUS de fecha 28 de mayo de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Edilberto Riveros Dionicio, formulada por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual ­ Violación Sexual de menor de catorce años de edad, en agravio de una menor de identidad reservada; de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje N° CR-69505/13/UDI/G.9/AAB de fecha 15 de junio de 2015, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Lima que, se ha concedido la petición de extradición activa del ciudadano peruano Edilberto Riveros Dionicio; motivo por el cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir,

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