Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2015 (19/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 19 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

557741

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del OSINERGMIN
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 073-2015-OS/PRES Lima, 08 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se estableció la obligación de las entidades públicas comprendidas en los numerales del 1 al 7 del artículo 1 del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, entre ellas, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, de contar con un Libro de Reclamaciones como mecanismo de participación ciudadana en salvaguarda de los derechos de los usuarios; Que, el artículo 3° del Decreto Supremo antes señalado, dispone que el Libro de Reclamaciones estará a disposición de los usuarios con la finalidad de que éstos puedan formular sus reclamos, debiendo consignar, además, información relativa a su identidad y aquella otra necesaria a efectos de darle respuesta, de acuerdo al formato aprobado por esa misma norma como anexo; Que el artículo 5° del referido Decreto Supremo, dispone que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones, informando al Órgano de Control Institucional sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; En consecuencia, es necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. Con la opinión favorable de la Gerencia General y de la Gerencia Legal. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Victor Murillo Huamán, Gerente de Operaciones (e), como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería.

Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el portal de internet del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución a todos los órganos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, al Órgano de Control Institucional y al responsable designado. Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Osinergmin N° 0522011/OS/PRES de fecha 26 de mayo 2011. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1264890-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Aprueban el Mandato de Compartición de Infraestructura entre Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Red de Energía del Perú S.A.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 077-2015-CD/OSIPTEL Lima, 9 de julio de 2015. : Mandato de Compartición de Infraestructura ADMINISTRADOS : Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Red de Energía del Perú S.A. EXPEDIENTE Nº : 00001-2015-CD-GPRC/MC VISTOS: (i) La solicitud formulada por la empresa concesionaria de servicios públicos de telecomunicaciones Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. (en adelante, Azteca), mediante comunicación recibida el 23 de marzo de 2015, para que el OSIPTEL emita un Mandato de Compartición de Infraestructura con la empresa concesionaria del servicio público de energía eléctrica Red de Energía del Perú S.A. (en adelante, REP), que establezca las condiciones jurídicas, técnicas y MATERIA

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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