Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2015 (19/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

557754 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Domingo 19 de julio de 2015 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno de Trabajo del Personal Empleado de la Municipalidad de Barranco
ORDENANZA Nº 432-MDB Barranco, 7 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de julio de 2015, y Barranco, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento jurídico; Que, en virtud de dicha autonomía y conforme lo señala el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el numeral 8) del referido artículo, señala que el Concejo Municipal aprueba, modifica o deroga las ordenanzas; Que, el artículo 40º de la Ley acotada establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales las municipalidades aprueban su organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que tienen competencia normativa; Que, por su parte, su artículo 37º establece que los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Nº 365-MDB, publicada en el diario oficial El Peruano el 1 de abril de 2012, se aprobó el Reglamento de Asistencia, Puntualidad y Permanencia del Personal Empleado de la Municipalidad Distrital de Barranco; debiendo precisarse que en su contenido se contempló una jornada laboral discordante con la establecida en virtud del Decreto Legislativo Nº 800, que establece el horario de atención y la jornada diaria en la Administración Pública; Que, en efecto el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 039-91-TR establece que: "El Reglamento Interno de Trabajo, determina las condiciones a que deben sujetarse los empleadores y trabajadores en el cumplimiento de sus prestaciones"; Que, en ese contexto, la Subgerencia de Recursos Humanos presenta el proyecto para la actualización del Reglamento Interno de Trabajo del Personal Empleado de la Municipalidad de Barranco, emitiendo el Informe Técnico Nº 421-2015-MDB-GA-SGRH de fecha de 15 de junio de 2015, que sustenta la necesidad de modificar y actualizar el referido Reglamento, de conformidad con los dispositivos legales vigentes, y a fin de mejorar y optimizar los procesos aplicables en materia de recursos humanos, para el beneficio de los trabajadores en el desempeño de sus funciones; Que, por otra parte debe considerarse que según el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, que modifica el artículo 9 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, resulta obligatoria la publicación de los Reglamentos Administrativos;

Que, según el citado Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, el nuevo tenor del artículo 9.1 del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, señala que en el caso de la publicación de normas legales que tienen anexos conteniendo formularios, entre otros similares de carácter meramente ilustrativo, dichos anexos se publicaran en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la norma aprobatoria, bajo responsabilidad; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº258-2015-GAJ-MDB de fecha 23 de junio de 2015, emite pronunciamiento legal favorablemente respecto de la aprobación del nuevo Reglamento, antes referido, debiendo aplicarse el procedimiento establecido en la ley para estos efectos; Estando a lo expuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas por los numerales 3) y 8) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DEL PERSONAL EMPLEADO DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno de Trabajo del Personal Empleado de la Municipalidad de Barranco, que consta de quince (15) Títulos, noventa y tres (93) Artículos, nu eve (9) Disposiciones Finales, cinco (5) Disposiciones Complementarias y los Anexos Nº 1, 2, 3, 4, 5, 5-A y 6 que contiene, los que adjuntos forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 365-MDB de fecha 15 de marzo de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de abril de 2012, y todas las demás disposiciones que resulten contrarias a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde a establecer, mediante decreto de alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, así como a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del mismo, su contenido adjunto y los anexos que forman parte integrante del presente dispositivo, en el Portal Institucional (www.munibarranco.gob.pe), en la misma fecha de la publicación oficial. Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1264526-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos y el Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos del distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 024-MDMM Magdalena, 2 de julio de 2015 EL ALCALDE (E) DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 15 de la fecha; y,

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