Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2015 (24/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de julio de 2015 /

El Peruano

de Presupuesto, el plazo establecido por dicho numeral no se aplica, para el año fiscal 2015; Que, con Memorándums N°s. 181 y 180-2015/ VIVIENDA/VMVU, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 30281, solicita gestionar dispositivos legales que autoricen Transferencias de Partidas a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar, entre otros, la ejecución de sesenta y ocho (68) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana, hasta por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 241 262 257,00), los cuales, según los Informes N°s. 085 y 084-2015-VIVIENDA-VMVU-PMIB de la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, se encuentran viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y cuentan con los convenios y/o adendas correspondientes; precisando que el financiamiento será atendido con cargo a los recursos del programa presupuestal 0108: Mejoramiento Integral de Barrios, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General; Que, asimismo, mediante los Informes N°s 085 y 084-2015-VIVIENDA-VMVU-PMIB señalados en el considerando precedente, se indica que el Programa Mejoramiento Integral de Barrios cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en el marco de lo establecido por el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SESENTA MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 315 564,00); Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Memorandos Nºs. 2146 y 2145-2015/VIVIENDAOGPP, emite opinión favorable en materia presupuestal sobre las transferencias de recursos antes referidas; informando que los proyectos de inversión pública a financiar cuentan con declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y con la disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2015 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Programa Presupuestal 0108: Mejoramiento Integral de Barrios, para financiar las transferencias de recursos comprendidas en el presente decreto supremo; en mérito de lo cual, a través de los Oficios N°s. 899 y 900-2015/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a las referidas transferencias de recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos pliegos de los Gobiernos Locales, así como a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de TRESCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 301 577 821,00), para el financiamiento de sesenta y ocho (68) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido por el artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,

hasta por la suma de TRESCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 301 577 821,00), del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos pliegos de los Gobiernos Locales para financiar la ejecución de sesenta y ocho (68) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana y la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General 0108 : Mejoramiento Integral de Barrios 3000001 : Acciones Comunes 5001253 : Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión 1 : Recursos Ordinarios 301 577 821,00 ============ 301 577 821,00 ============ En Nuevos Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia : SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 60 315 564,00 : Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales 0108 : Mejoramiento Integral de Barrios 1 : Recursos Ordinarios 241 262 257,00 ============ 301 577 821,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Infraestructura Urbana", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados de la Sección Segunda de la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación

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