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El Peruano Sábado 6 de junio de 2015 554503 de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, consolidarán el proyecto de CAP-P en \o que corresponda, iv.-) una vez aprobado el CAP-P por Ordenanza Regional, la máxima autoridad administrativa de la entidad de nivel regional o local deberá remitir una copia del mismo a SERVIR y al Ministerio de Salud; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP-P, es un documento de gestión institucional que contiene los cargos califi cativos, defi nidos y aprobados de la entidad sobre la base de su Estructura Orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobada mediante Ordenanza Regional N°082-2014- CR/GRC.CUSCO, asimismo ordena la necesidad de los cargos, puestos de trabajo que una entidad necesita con el objeto de garantizar el adecuado funcionamiento durante un determinado periodo, por lo tanto, la fi nalidad de este documento de gestión institucional es que contenga una correcta defi nición de los cargos de acuerdo a la Estructura Orgánica de le Entidad y con los criterios de diseño y estructura de la administración pública, de conformidad con la Ley N° 27658, “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”, tendiente a priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos, estos documentos de gestión institucional deben ser aprobados mediante Ordenanza Regional, cuando se trata de los Gobiernos Regionales; Que, para la elaboración, aprobación o modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal, los criterios que se deben observar son los siguientes: a) ORIENTAR la formulación de los CAP´s a las necesidades contempladas en el Plan Estratégico Institucional – PBI, y el Plan Operativo Institucional – POI; b) Clasifi car y califi car los cargos y sus requisitos en función a los órganos y funciones; c) Optimizar las decisiones, la supervisión, el uso racional de los recursos y la generación de ingresos, y; d) Mejorar la efi ciencia de las unidades orgánicas en términos de costos y calidad de servicios; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley N°27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N°049-2013-CR/GRC.CUSCO; y visto el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Administración y Comunidades Campesinas; el Consejo Regional de Cusco; HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL APROBAR EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP-P DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD CUSCO Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS. Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la Dirección Regional de Salud Cusco y Órganos Desconcentrados que se detalla a continuación: DENOMINACION DEL AL OCUPADO PREVISTO TOTAL DIRESA 1 423 221 202 423 RED CANAS CANCHIS ESPINAR 424 1217 271 523 794 HOSPITAL ALFREDO CALLO RODRIGUEZ DE SICUANI 1218 1638 166 255 421 HOSPITAL REGIONAL 1639 2868 576 654 1230 HOSPITAL LORENA 2869 4383 495 1020 1515 RED LA CONVENCION 4384 5414 256 775 1031 HOSPITAL QUILLABAMBA 5415 5874 192 268 460 RED DE SERVICIOS DE SALUD CUSCO SUR 5875 8014 424 1716 2140 HOSPITAL SANTO TOMAS 8015 8158 120 24 144 RED DE SERVICIOS DE SALUD KIMBIRI PICHARI 8159 8737 41 538 579 DENOMINACION DEL AL OCUPADO PREVISTO TOTAL RED DE SERVICIOS DE SALUD CUSCO NORTE 8738 10659 492 1430 1922 HOSPITAL ESPINAR 10666 10952 126 167 293 TOTAL 3380 7572 10952 Que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, los Anexos: N° 02 de 138 folios, N° 03 de 19 folios, N° 05 de 12 folios; en los cuales se detalla específi camente los cargos funcionales de cada entidad descrita en el cuadro antecedente. Artículo Segundo.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, Diario Judicial de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, conforme dispone el Artículo 42° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Tercero.- Disponer la dispensa de Lectura y Aprobación de Acta a la presente Ordenanza Regional, para proceder a su implementación, así como la DISPENSA del trámite de Comisión. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Artículo Único.- DEROGAR, la normativa legal regional y toda disposición que se oponga a la vigencia de la presente Ordenanza Regional. Dado en la Ciudad del Cusco, en fecha veintiuno de mayo del dos mil quince. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su promulgación. ALAÍN ELVIS ALANOCA ARAGÓN Consejero Delegado Consejo Regional de Cusco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los 22 días del mes de mayo del año dos mil quince. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional Gobierno Regional Cusco 1247030-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Río Negro, para el cofinanciamiento de proyectos ganados ante el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ACUERDO REGIONAL N° 113-2015-GRJ/CR. POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a 17 día del mes de marzo de 2015, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales promueve el