Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2015 (07/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

554522
Tecnica Vehicular-CITV, para operar con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Mixta en el local ubicado en la Carretera Central Km 8, margen izquierda (av. San Agustin), Sector 2, Manzana A1, Lote 19, Distrito de San MORDAZA de MORDAZA, Provincia de Huancayo y Departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Directoral N° 4843-2014MTC/15, de fecha 19 de noviembre del 2014 y publicada el 30 de noviembre del mismo ano, se autorizo a la empresa VERIFICADORA TECNICA AUTOMOTRIZ S.A.C., en adelante El CITV como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil, para operar en las siguientes localidades: Satipo, Cerro de Pasco, La Oroya, Mollepata, Huanta, Abancay, Andahuaylas, MORDAZA, Ilo, Carhuaz, Yungay y Caraz; cuyo plazo de vigencia esta condicionada a la duracion de la autorizacion de su CITV fijo y su ambito territorial quedara subordinado a la operacion de algun CITV fijo en las localidades autorizadas; Que, mediante el Parte Diario N° 053206 de fecha 25 de marzo de 2015 El CITV, solicita autorizacion para ampliacion para nuevos puntos de operacion de su planta movil a las siguientes localidades: MORDAZA, MORDAZA, Pichanaqui, La MORDAZA y Tarma, adicionales a las localidades ya autorizadas mediante Resolucion Directoral N° 4843-2014-MTC/15; Que, con Oficio N° 2136-2015-MTC/15.03 de fecha 13 de MORDAZA de 2015 y notificado el 20 de MORDAZA del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por El CITV, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles y mediante parte diario N° 069672 de fecha 22 de MORDAZA del 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar lo senalado en el oficio indicado; Que, con Oficio N° 2491-2015-MTC/15.03 de fecha 13 de MORDAZA de 2015 y notificado el 20 de MORDAZA del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por El CITV, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de cinco (05) dias habiles y mediante parte diario N° 075478 de fecha 30 de MORDAZA del 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar lo senalado en el oficio indicado, adjuntando la relacion de los nuevos puntos a trasladar su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular segun el siguiente Cronograma:
ULTIMO DIGITO DE LA PLACA 0 al 9 0 al 9 0 al 9 0 al 9 0 al 9

El Peruano MORDAZA 7 de junio de 2015

localidades: MORDAZA, MORDAZA, Pichanaqui, La MORDAZA y Tarma, adicionales a las localidades ya autorizadas mediante Resolucion Directoral N° 4843-2014-MTC/15, cuyo plazo de vigencia esta condicionado a la duracion de la autorizacion de su CITV Fijo; y su ambito territorial queda subordinado a la operacion de algun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo en las localidades autorizadas; Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; Articulo Tercero.- Aprobar el cronograma especial al CITV Movil de la empresa VERIFICADORA TECNICA AUTOMOTRIZ S.A.C., como sigue:
ULTIMO DIGITO DE LA PLACA 0 al 9 0 al 9 0 al 9 0 al 9 0 al 9

LOCALIDAD MORDAZA MORDAZA Tarma Pichanaqui La MORDAZA

DESDE 18-05-2015 08-07-2015 24-08-2015 01-10-2015 15.10.2015

HASTA 04-07-2015 22-08-2015 28-08-2015 14-10-2015 31-10-2015

CATEGORIAS M, N y O M, N y O M, N y O M, N y O M, N y O

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa VERIFICADORA TECNICA AUTOMOTRIZ S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

1245835-1

LOCALIDAD MORDAZA MORDAZA Tarma Pichanaqui La MORDAZA

DESDE

HASTA

CATEGORIAS M, N y O M, N y O M, N y O M, N y O M, N y O

18-05-2015 04-07-2015 08-07-2015 22-08-2015 24-08-2015 28-08-2015 01-10-2015 14-10-2015 15.10.2015 31-10-2015

Autorizan a Centro de Diagnostico Tecnico Vehicular S.A.C como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2369-2015-MTC/15
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 025308, 054748 y 072581, presentados por la empresa denominada CENTRO DE DIAGNOSTICO TECNICO VEHICULAR S.A.C ­ CEDITEV S.A.C. y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte, el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario N° 224471 de fecha 05 de diciembre del 2014, la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO TECNICO VEHICULAR S.A.C ­ CEDITEV S.A.C., en adelante El CITV, solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Carretera MORDAZA ­ MORDAZA Km. 2.5 Paraje Garapampa, Sector Tacllan, Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, y para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas;

Que, el numeral 28.2 del articulo 28° de El Reglamento determina que el Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil es el: "Contenedor, remolque o semirremolque acondicionado con el equipamiento requerido para prestar el servicio de Inspeccion Tecnica Vehicular, que puede trasladarse de un lugar a otro y que se encuentra previamente autorizado por la DGTT para operar en localidades donde no se MORDAZA autorizado la operacion de algun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo. Estos Centros estaran a cargo de un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV Fijo"; Que, mediante Informe Nº 732-2015-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que El CITV ha cumplido con presentar los documentos que sustentan la ampliacion de nuevos puntos de operacion de su planta movil, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion ademas los principios de informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, y; Que, de conformidad con la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa VERIFICADORA TECNICA AUTOMOTRIZ S.A.C., la ampliacion de nuevos puntos de operacion de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil en las siguientes

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