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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (07/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Domingo 7 de junio de 2015 554525 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD Designan funcionarios responsables de brindar información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 178-2015/IGSS Lima, 4 de junio de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 275-2015-SG/IGSS de la Secretaría General, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS), como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones del servicios de salud de alcance nacional pre hospitalario y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en Institutos Especializados y Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y para brindar asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene como fi n promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º de la norma ante citada, señala que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para cuyo efecto se designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; asimismo, el artículo 5º dispone que las entidades públicas deberán contar con un Portal de Transparencia en el que se publique la información más importante de la Institución, debiendo designar para tal efecto a un funcionario responsable de la elaboración y actualización de dicho portal; Que, mediante Resolución Nº 120-2015/IGSS se designó a la Licenciada Sheyla Rosalilia Tuesta García, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, en adición a sus funciones de Ejecutiva Adjunta II de la Unidad Funcional de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Secretaría General del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, resulta conveniente designar a los Directores Generales de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y de Tecnologías de la Información, como Responsables de brindar información de acceso público y elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar, respectivamente, en adición a los cargos que ostentan; Que, la designación que se efectúa no exime a las áreas que produzcan o posean la información que se solicite, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan posible el cumplimiento de los plazos establecidos por ley; Con los visados de la Secretaria General y la Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 043-2003- PCM, el Decreto Supremo N° 016-2014-SA, Resolución Ministerial Nº 681-2014/MINSA y los literales f) y h) del artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 1167. SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a los funcionarios del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como responsables de brindar información pública, en adición a los cargos que ostentan, y que a continuación se detallan: Director/a General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Responsable de brindar información de acceso público Director/a General de la Ofi cina de Tecnologías de la Información Responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar Artículo 2.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la Licenciada Sheyla Rosalilia Tuesta García, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. Artículo 3.- DISPONER que bajo responsabilidad, los Directores y/o Jefes de cada unidad orgánica y órganos desconcentrados del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, deberán facilitar la información y/o documentación que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente resolución, dentro de los plazos establecidos en las normas vigentes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1247276-3 Delegan facultades a Secretario General, Director General de la Oficina de Administración y Director General de la Oficina de Recursos Humanos del IGSS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 197-2015/IGSS Lima, 5 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1167 crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los Hospitales Nacionales, así como de la prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y brinda asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el segundo párrafo del artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, salvo los casos expresamente previstos en la referida normativa; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3º de la citada Ley, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, según el artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, la Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se establece los principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú, precisando en el inciso 7.1 de su artículo 7° que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de