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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (15/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Lunes 15 de junio de 2015 555049 Que, en ese sentido, al tratarse de un inicio de procedimiento administrativo de ofi cio, el cual debe ser notifi cado a los administrados determinados cuyos intereses o derechos protegidos puedan ser afectados por los actos a ejecutar, ante ello, de acuerdo al Certifi cado de Búsqueda Catastral N° 033758, fecha 27 de febrero de 2015, no se visualizó la existencia de predios inscritos en la zona donde se ubica el Monumento Arqueológico Prehispánico antes citado, por lo tanto no existe titular de derechos reales a quien se le deba notifi car tal acto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 62.8 del artículo 62° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, es la Dirección encargada de elaborar el Expediente Técnico (Plano de Delimitación, Memoria Descriptiva y Ficha Técnica), por lo tanto a través del Informe Técnico N° 3234-2014-DSFL- DGPA/MC, 11 de diciembre de 2014, e Informe Técnico N° 1166-2015-DSFL-DGPA/MC, de fecha 11 de mayo de 2015, recomiendan la declaratoria y aprobación de dicho Expediente Técnico del Monumento Arqueológico Prehispánico Jacayita- Sector 1 y 2, de acuerdo al plano, área y perímetro siguiente: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84 Sector Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Jacayita-Sector 1 y 2 PP-109-MC_DGPA- DSFL-2014 WGS84 1 15,112.30 m2 1.5112 543.33 m 2 20,949.20 m2 2.0949 586.60 m Que, estando a los Informes Técnicos elaborados por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal se advierte la necesidad de aprobar el Expediente Técnico (Plano de Delimitación, Memoria Descriptiva y Ficha Técnica) del Monumento Arqueológico Prehispánico Jacayita-Sector 1 y 2, ubicado en el distrito de Pacarán, provincia de Cañete, departamento de Lima; Con el visado del Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Decreto Supremo N° 003-2014- MC que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Monumento Arqueológico Prehispánico Jacayita-Sector 1 y 2, con la clasifi cación de Sitio Arqueológico según los datos del siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Cañete Sitio Arqueológico Distrito Sector Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Jacayita-Sector 1 y 2 Pacarán 1 380271.1215 8571135.7364 2 380292.5327 8570966.8734 Artículo 2º.- Aprobar el Expediente Técnico (Plano de Delimitación, Memoria Descriptiva y Ficha Técnica) del siguiente Monumento Arqueológico Prehispánico, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84 Sector Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Jacayita- Sector 1 y 2 PP-109-MC_ DGPA-DSFL- 2014 WGS84 1 15,112.30 m2 1.5112 543.33 m 2 20,949.20 m2 2.0949 586.60 m Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Monumento Arqueológico Prehispánico y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje del Monumento Arqueológico Prehispánico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5°.- Remitir copia certifi cada de la presente Resolución al Gobierno Regional y Municipalidad Provincial para efectos que el Monumento Arqueológico Prehispánico Jacayita-Sector 1 y 2, sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Artículo 6°.- Remitir copia certifi cada de la presente Resolución al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), a la Municipalidad Distrital de Pacarán, y al Gobierno Regional de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE Viceministro de Patrimonio Culrural e Industrias Cultturales 1250704-1 Aprueban Expediente Técnico del Sitio Arqueológico “Huarhuar” ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 073-2015-VMPCIC-MC Lima, 11 de junio de 2015 Vistos, el Informe Técnico N° 103-2015-DSFL-DGPA- MC y el Informe N° 0064-2015-DGPA-VMPCIC/MC, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296, indican que es de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral N° 284597, del 07 de febrero de 2014, la Ofi cina Registral N° IX-Sede Lima, determina que la poligonal del Monumento Arqueológico Prehispánico “Huarhuar” se encuentra comprendida en el ámbito del predio inscrito en la Partida Electrónica N° 11049870, cuya propiedad corre inscrita a favor de la Comunidad Campesina de Jicamarca; Que, a través del Ofi cio N° 279-2014-DSFL-DGPA/MC, de fecha 27 de febrero del 2014, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura notifi ca al Presidente de la Comunidad Campesina de Jicamarca, respecto al procedimiento de delimitación del Sitio Arqueológico “Huarhuar”, otorgándole un plazo de 15 días para la presentación de su alegación;