Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2015 (15/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Lunes 15 de junio de 2015

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Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal del Ministerio de Cultura la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Monumento Arqueologico Prehispanico y del plano senalado en el Articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 4°.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje del Monumento Arqueologico Prehispanico declarado Patrimonio Cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA certificada de la presente Resolucion al Gobierno Regional y Municipalidad Provincial para efectos que el Monumento Arqueologico Prehispanico Jacayita-Sector 1 y 2, sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA certificada de la presente Resolucion al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), y a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), a la Municipalidad Distrital de Pacaran, y al Gobierno Regional de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BRUNKE Viceministro de Patrimonio Culrural e Industrias Cultturales 1250704-1

Que, en ese sentido, al tratarse de un inicio de procedimiento administrativo de oficio, el cual debe ser notificado a los administrados determinados cuyos intereses o derechos protegidos puedan ser afectados por los actos a ejecutar, ante ello, de acuerdo al Certificado de Busqueda Catastral N° 033758, fecha 27 de febrero de 2015, no se visualizo la existencia de predios inscritos en la MORDAZA donde se ubica el Monumento Arqueologico Prehispanico MORDAZA citado, por lo tanto no existe titular de derechos reales a quien se le deba notificar tal acto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 62.8 del articulo 62° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal, es la Direccion encargada de elaborar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica), por lo tanto a traves del Informe Tecnico N° 3234-2014-DSFLDGPA/MC, 11 de diciembre de 2014, e Informe Tecnico N° 1166-2015-DSFL-DGPA/MC, de fecha 11 de MORDAZA de 2015, recomiendan la declaratoria y aprobacion de dicho Expediente Tecnico del Monumento Arqueologico Prehispanico Jacayita- Sector 1 y 2, de acuerdo al plano, area y perimetro siguiente:
Nombre del Sitio Arqueologico Nº de Plano en Datum WGS84 Sector 1 2 Area (m2) Area Perimetro (ha) (m) 543.33 m

Jacayita-Sector PP-109-MC_DGPA1y2 DSFL-2014 WGS84

15,112.30 m2 1.5112

20,949.20 m2 2.0949 586.60 m

Que, estando a los Informes Tecnicos elaborados por la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal se advierte la necesidad de aprobar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica) del Monumento Arqueologico Prehispanico Jacayita-Sector 1 y 2, ubicado en el distrito de Pacaran, provincia de Canete, departamento de Lima; Con el visado del Director General de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble, de la Directora (e) de la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley N° 28296; Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Decreto Supremo N° 003-2014MC que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al Monumento Arqueologico Prehispanico Jacayita-Sector 1 y 2, con la clasificacion de Sitio Arqueologico segun los datos del siguiente cuadro:
Departamento Provincia Sitio Arqueologico Jacayita-Sector 1 y 2 Distrito Pacaran MORDAZA Canete Sector 1 2 Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 380271.1215 380292.5327 UTM Norte 8571135.7364 8570966.8734

Aprueban Expediente Tecnico del Sitio Arqueologico "Huarhuar" ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 073-2015-VMPCIC-MC MORDAZA, 11 de junio de 2015 Vistos, el Informe Tecnico N° 103-2015-DSFL-DGPAMC y el Informe N° 0064-2015-DGPA-VMPCIC/MC, y; CONSIDERANDO: Que, los articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley N° 28296, indican que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; Que, el literal a) del articulo 14 de la Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral N° 284597, del 07 de febrero de 2014, la Oficina Registral N° IX-Sede MORDAZA, determina que la poligonal del Monumento Arqueologico Prehispanico "Huarhuar" se encuentra comprendida en el ambito del predio inscrito en la Partida Electronica N° 11049870, cuya propiedad corre inscrita a favor de la Comunidad Campesina de Jicamarca; Que, a traves del Oficio N° 279-2014-DSFL-DGPA/MC, de fecha 27 de febrero del 2014, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal del Ministerio de Cultura notifica al Presidente de la Comunidad Campesina de Jicamarca, respecto al procedimiento de delimitacion del Sitio Arqueologico "Huarhuar", otorgandole un plazo de 15 dias para la MORDAZA de su alegacion;

Articulo 2º.- Aprobar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica) del siguiente Monumento Arqueologico Prehispanico, de acuerdo a los planos, areas y perimetros siguientes:

Nombre Nº de Plano en del Sitio Sector Datum WGS84 Arqueologico JacayitaSector 1 y 2 PP-109-MC_ DGPA-DSFL2014 WGS84 1 2

Area (m2) 15,112.30 m2 20,949.20 m2

Area (ha) 1.5112 2.0949

Perimetro (m) 543.33 m 586.60 m

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