Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2015 (15/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Que, mediante Carta s/n de fecha 06 de marzo del 2014, signada con el Expediente N° 10804-2014, el representante de la Comunidad Campesina de Jicamarca solicita se realice una inspeccion sobre el area del Sitio Arqueologico Huarhuar con profesionales de parte y de este Ministerio, a fin de que se corrobore en que sector y area se encuentran los restos arqueologicos; Que, en atencion al Expediente N° 10804-2014, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal del Ministerio de Cultura remite el Oficio 424-2014-DSFLDGPA/MC, de fecha 27 de marzo del 2014, comunicando a la Comunidad Campesina de Jicamarca de la comision de servicios al Sitio Arqueologico Huarhuar a realizarse los dias 14 y 15 de MORDAZA de 2014; Que, mediante Informe Tecnico N° 1329-2014-DSFLDGPA/MC, de fecha 27 de MORDAZA del 2014, personal de la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal reporta los resultados de la inspeccion del Sitio Arqueologico Huarhuar ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de MORDAZA a solicitud de la Comunidad Campesina de Jicamarca, concluyendo lo siguiente: 1. La delimitacion del Sitio Arqueologico Huarhuar ha sido realizada tomando en cuenta los resultados del "Proyecto de Evaluacion Arqueologica con Excavaciones Restringidas con Fines de Definir el Potencial Arqueologico de las Estructuras 66-7 y 67-7 en el Tramo Huamantanga ­ Huandaro, Monitoreo, Delimitacion y Senalizacion de los Sitios Arqueologicos Huarhuar y Orobel" y la relacion monumento - entorno paisajistico dado el peculiar vinculo entre los asentamientos y su territorio en las sociedades prehispanicas de los Andes. 2. Se recorrio junto a los representantes de la Comunidad Campesina de Jicamarca, el lado Oeste del Sitio Arqueologico que segun manifiesta no corresponderia a MORDAZA arqueologica. Sin embargo, se ubico en este sector MORDAZA arqueologicas y material arqueologico (ceramica) en superficie y el margen apropiado de proteccion (marco circundante), por lo que el expediente tecnico de delimitacion elaborado por la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal es correcto. 3. Cabe senalar que la proteccion de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, comprende el suelo, el subsuelo en el que se encuentran o asientan, los aires y el MORDAZA circundante, en la extension tecnicamente necesaria para cada caso (articulo 1° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion). Que, a traves del Oficio N° 709-2014-DSFL-DGPA/ MC, del 29 de MORDAZA del 2014, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal del Ministerio de Cultura remite a la Comunidad Campesina de Jicamarca MORDAZA del Informe Tecnico N° 1329-2014-DSFL-DGPA/MC, en relacion a la inspeccion realizada al Sitio Arqueologico "Huarhuar", otorgandole un plazo de cinco (05) dias habiles para ejercer su derecho a alegar; Con fecha 12 de enero de 2015, mediante Informe Tecnico N° 103-2015-DSFL-DGPA/MC, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal, luego de la revision de los actuados administrativos se recomendo aprobar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica) del Sitio Arqueologico "Huarhuar", de acuerdo al plano, area y perimetro siguiente:
Nombre del Sitio Arqueologico Huarhuar Nº de Plano en Datum WGS84 PP-121-MC_DGPA/ DSFL-2014 WGS84 Area (m2) 92380.84 Area (ha) 9.2380 Perimetro (m) 1311.59

El Peruano Lunes 15 de junio de 2015

Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (CIRA), emitido con anterioridad a la presente Resolucion, que se encuentre ubicado dentro de las areas que comprende el monumento arqueologico prehispanico Huarhuar, por tener implicancias legales"; Que, el Sitio Arqueologico Huarhuar esta constituido por evidencias arqueologicas tales como MORDAZA, muros y recintos edificados en MORDAZA unida con argamasa de barro, asi como material ceramico en superficie, por ende su necesidad de proteccion frente al avance de las lotizaciones informales, con lo que se demuestra la necesidad proceder a la aprobacion del Expediente Tecnico del Monumento Arqueologico Prehispanico citado, estableciendo su area intangible para efectos de brindarle la proteccion legal necesaria para su conservacion por lo que corresponde emitir el acto administrativo resolutivo respectivo; Que, en ese sentido, al tratarse de un inicio de oficio de un procedimiento, el cual guarda una motivacion basada en el cumplimiento de un deber legal, debe ser notificado a los administrados determinados cuyos intereses o derechos protegidos puedan ser afectados por los actos a ejecutar, por lo tanto se procedio a realizar dichas notificaciones de acuerdo a lo estipulado en los articulos 16° y 18° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, Dichas notificaciones pueden ser verificadas mediante las Actas de Notificacion N° 004635, 008530 y 016387, las cuales fueron recepcionadas por parte del encargado de la Oficina de la Comunidad Campesina de Jicamarca; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 62.8 del articulo 62° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal, es la Direccion encargada de elaborar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica), por lo tanto a traves del Informe Tecnico N° 103-2015-DSFLDGPA/MC, de fecha 12 de enero de 2015, recomienda la aprobacion de dicho Expediente Tecnico del Sitio Arqueologico Huarhuar de acuerdo al plano, area y perimetro siguiente:
Nombre del Sitio Arqueologico Huarhuar Nº de Plano en Datum WGS84 PP-121-MC_DGPA/ DSFL-2014 WGS84 Area (m2) 92 380.84 Area (ha) 9.2380 Perimetro (m) 1 311.59

Que, estando a los Informes Tecnicos elaborados por la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal se advierte la necesidad de aprobar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica) del Sitio Arqueologico Huarhuar ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; Con el visado del Director General de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble, de la Directora (e) de la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley N° 28296; Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Decreto Supremo N° 003-2014MC que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Expediente Tecnico (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica) del Sitio Arqueologico "Huarhuar" ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta y departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano, area y perimetro siguientes:
Nombre del Sitio Arqueologico Huarhuar Nº de Plano en Datum WGS84 PP-121-MC_DGPA/ DSFL-2014 WGS84 Area (m2) 92 380.84 Area (ha) 9.2380 Perimetro (m) 1 311.59

Que, mediante Informe N° 0064-2015-DGPAVMPCIC/MC, de fecha 09 de febrero de 2015, la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble remite al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Expediente Tecnico de Delimitacion (Plano de Delimitacion, Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica) del Sitio Arqueologico Huarhuar, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima. Por otro lado la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble considera que debe desestimarse el articulo 4° del proyecto de Resolucion Viceministerial que refiere: "Recomendar que se deje sin efecto todo

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