Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2015 (15/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 15 de junio de 2015

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conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Fuerza Aerea del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a tres (03) militares de los Estados Unidos de MORDAZA, del 17 al 27 de junio de 2015, con la finalidad de entrenar con miembros de la Fuerza Especial Conjunta de las Fuerzas Armadas del Peru y del Grupo de Fuerzas Especiales de la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal del Ministerio de Cultura la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico y plano senalado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados Patrimonio Cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA certificada de la presente Resolucion al Gobierno Regional y Municipalidad Provincial para efectos que el Sitio Arqueologico "Huarhuar" sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA certificada de la presente Resolucion a la Comunidad Campesina de Jicamarca, al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), y a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BRUNKE Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Cultturales 1250704-2

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 518-2015 DE/SG MORDAZA, 10 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 384 del 19 de MORDAZA de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 2080 CCFFAA/SG/CIOEC, del 27 de MORDAZA de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por especial encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, con Oficio NC-55-SGFA-EMOP-Nº 2706, del 28 de MORDAZA de 2015, el Secretario General de la Fuerza Aerea, por especial encargo del Comandante General de la Fuerza Aerea, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 17 al 27 de junio de 2015, con la finalidad de entrenar con miembros de la Fuerza Especial Conjunta de las Fuerzas Armadas del Peru y del Grupo de Fuerzas Especiales de la Fuerza Aerea del Peru; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con

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Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209

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PRODUCE
Designan responsables de atender solicitudes de acceso a la informacion presentadas en la sede central del INACAL
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 012-2015-INACAL-PE MORDAZA, 08 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado (TUO) ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 3 del indicado TUO, el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica; Que, el articulo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establece que las entidades mediante resolucion de la MORDAZA autoridad deberan designar al funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico; Con el visto MORDAZA del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; de los articulos 3 y 4 de su Reglamento; y en articulo 15, numeral 1 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad;

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