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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (22/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Lunes 22 de junio de 2015 555654 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de profesional a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2015-MINCETUR Lima, 18 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, y en tal sentido, participa activamente en la Organización Mundial del Comercio – OMC; Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 30 de junio al 02 de julio de 2015, se llevará a cabo el Quinto Examen Global de la Ayuda para el Comercio de la OMC, que tiene por objeto examinar la forma en que los costos del comercio afectan a la competitividad de los países en desarrollo y a su capacidad para conectarse a las cadenas de valor regionales y mundiales; Que, dicho evento congregará a altos funcionarios gubernamentales, directores de organismos multilaterales y de desarrollo y representantes del sector privado y de la sociedad civil; Que, durante los cuatro exámenes globales anteriores de la Iniciativa de Ayuda para el Comercio - AFT de la OMC, los países en desarrollo han realizado progresos en la integración del comercio en sus estrategias nacionales, entre ellos el Perú, que ha sido reconocido desde el año 2007 como un caso modelo de la referida Iniciativa y como un ejemplo en la región latinoamericana, destacándose los estudios de proyectos desarrollados en el país tales como “El Desarrollo de asociaciones de exportación de artesanos textiles del Cusco: equidad de género, emprendimiento e inclusión en el desarrollo comercial”, “Alianza Público-Privada y Biodiversidad: la cadena de la Mace en el Perú”, entre otros; Que, el Quinto Examen Global de la AFT se centrará en las medidas que los gobiernos nacionales, las organizaciones regionales, los donantes bilaterales y multilaterales, los asociados de países en desarrollo, el sector privado, las fundaciones fi lantrópicas y las organizaciones no gubernamentales pueden tomar para hacer frente a los elevados costos del comercio; entre tales medidas se encuentra la ratifi cación y aplicación oportuna del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio - AFC de la OMC; asimismo, se realizará un ejercicio conjunto de vigilancia y evaluación, estudiando la aplicación de la AFT y las medidas adoptadas para reducir los costos del comercio, lo cual corresponde a una serie de cuestionarios respondidos por los miembros de la OMC, incluido el Perú, dando a conocer casos concretos, como el caso peruano “Facilitando el comercio exterior en el Perú a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE”; Que, por tanto, resulta de interés la asistencia de un representante del MINCETUR al referido examen, a fi n de demostrar el compromiso continuo del país con la Iniciativa de Ayuda para el Comercio - AFT, el AFC, y con la función del comercio en el contexto de los objetivos de desarrollo sostenible propuestos y de la fi nanciación del desarrollo; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Francisco José Ruiz Zamudio, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en el evento antes mencionado; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Francisco José Ruiz Zamudio, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 28 de junio al 03 de julio de 2015, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en el Quinto Examen Global de la Ayuda para el Comercio de la Organización Mundial del Comercio – OMC, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 2 564,47 Viáticos (US$ 540,00 x 04 días) : US $ 2 160,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Ruiz Zamudio presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1253278-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de SOCIEDAD MINERA BERENGUELA S.A. durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 301-2015-MEM/DM Lima, 17 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662 y ampliada su vigencia por Ley Nº 29966, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6° del citado reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal;