Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2015 (30/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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El Peruano Martes 30 de junio de 2015

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 516-MSS, que otorgó incentivo extraordinario por el abono del total de las cuotas pendientes de Arbitrios Municipales del ejercicio 2015
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2015-MSS Santiago de Surco, 24 de junio del 2015 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Memorándum N° 348-2015-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria que solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MSS, que otorga Incentivo Extraordinario por el abono del total de las cuotas pendientes de Arbitrios Municipales del ejercicio 2015; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, señala que: "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, el segundo párrafo del Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, mediante Ordenanza N° 516-MSS, publicada en el Diario El Peruano el 24.05.2015, se aprobó la Ordenanza que otorga Incentivo Extraordinario por el abono del total de las cuotas pendientes de Arbitrios Municipales del ejercicio 2015, hasta el 29 de mayo del 2015; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 516-MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar el plazo de aplicación de los descuentos establecidos en la presente Ordenanza, otorgando los mismos descuentos e incluso disponiendo la reducción de los mismos y dictar las disposiciones para su mejor cumplimiento; Que, mediante Decreto N° 08-2015-MSS publicada en el diario Oficial El Peruano el 29.05.2015, se prorrogó la Ordenanza N° 516-MSS hasta el 30.06.2015; Que, con Memorándum N° 348-2015-GAT-MSS del 16.06.2015, la Gerencia de Administración Tributaria, propone prorrogar hasta el 31.07.2015 la Ordenanza N° 516-MSS, que otorga un incentivo extraordinario por el abono del total de las cuotas pendientes de arbitrios municipales del ejercicio 2015, así como sus plazos de aplicación, en atención al breve plazo de la vigencia de la referida norma y a la respuesta favorable que viene teniendo, siendo necesario prorrogar su vigencia, a fin de permitir que un mayor número de contribuyentes pueda acogerse a la misma; Que, mediante Informe Nº 568-2015-GAJ-MSS del 17.06.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que, propone prorrogar hasta el 31.07.2015, la vigencia de la Ordenanza N° 516-MSS; Que, agrega la Gerencia de Asesoría Jurídica, que el citado proyecto se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de publicación establecidos en el Decreto

Supremo N° 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General", la misma que se encuentra también recogida en la Directiva N° 005-2009-MSS aprobada por Resolución N° 220-2009-RASS, sobre "Publicación de los Proyectos Normativos en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco"; conforme se aprecia del Memorando N° 348-2015-GAT-MSS, que señala que la finalidad de la propuesta no involucra la creación de tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni recorte alguno de los derechos y/o beneficios ya existentes; sino por el contrario constituye un beneficio a favor de los vecinos; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 568-2015GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de aplicación de los descuentos establecidos en la Ordenanza N° 516MSS, que otorga Incentivo Extraordinario por el abono del total de las cuotas pendientes de arbitrios municipales del ejercicio 2015, hasta el 31 de julio de 2015, Artículo Segundo.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MSS, hasta el 31 de julio del 2015. Artículo Tercero.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1256055-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY
Aprueban el Plan de Desarrollo Urbano 2014 - 2024 de la ciudad de Huarmey
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2015-MPH Huarmey, 18 de mayo del 2015 VISTO.En Sesión Extraordinaria de fecha 15 de mayo del 2015 el Dictamen Nº 021-2015-MPH-CDUyR, y; CONSIDERANDOS: Que, en el contexto de la suscripción en fecha 22 de mayo de 2014 del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre Ministerio de Vivienda y la Municipalidad Prov. Huarmey Nº 327-2014-VIVIENDA, se conviene a) Establecer los mecanismos de cooperación

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