Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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006-2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997 que prueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 se establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el organo rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 02972014-MINAGRI, se aprobo la constitucion de los Centros Regionales de Innovacion Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por finalidad mejorar la inclusion de los productores en el ambito del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM ­ a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de eficiencia, eficacia y sostenibilidad, articulando a las dependencias del Ministerio y los servicios que estas brindan, en busqueda de incrementar la capacidad empresarial de los productores; Que, a traves del Decreto Legislativo Nº 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la produccion agraria de los medianos y pequenos productores, a traves del fomento de la asociatividad y la adopcion de tecnologias agropecuarias ambientales adecuadas; Que, mediante la Ley Nº 29736, Ley de Reconversion Productiva Agropecuaria, se declara de interes nacional y caracter prioritario la Reconversion Productiva Agropecuaria en el MORDAZA, como politica permanente del Estado en los tres niveles de gobierno; Que, el articulo 2 de la Ley Nº 29736, Ley de Reconversion Productiva Agropecuaria, dispone que la Reconversion Productiva Agropecuaria es el cambio o transformacion voluntaria hacia una produccion agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la produccion mediante la utilizacion de sistemas tecnologicos eficientes en toda cadena productiva; Que, asimismo, el articulo 7 de la Ley acotada, senala que son beneficiarios de la Reconversion Productiva Agropecuaria las personas naturales o juridicas dedicadas a la actividad agropecuaria en el MORDAZA que se incorporen a un programa o un proyecto determinado; Que, el articulo 14 del Reglamento de la Ley Nº 29736, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014MINAGRI, senala que podran participar en los programas o proyectos de Reconversion Productiva Agropecuaria aquellos productores que reunan los siguientes requisitos: a) persona natural o juridica; b) contar con documentos expedidos por la autoridad competente, que acredite la condicion de propietario o posesionario del predio; y, c) tener el predio bajo produccion agropecuaria; Que, mediante solicitud de fecha 07 de febrero de 2015, la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE CAFE DE ALTURA DE ANCHIHUAY, ha formulado a favor de los veintiseis (26) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversion Productiva Agropecuaria para la "Reconversion del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalacion y produccion de Cafe en treinta (30) hectareas", cuyo expediente signado como Pedido de Reconversion Productiva Nº 02-2015-PRP cuenta con la opinion favorable de las Unidades de Promocion y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Evaluacion PRP Nº 0006-2015-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Tecnico PRP Nº 0004-2015-MINAGRI-PCC-UN/ FCD; Que, los veintiseis (26) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversion Productiva Agraria, MORDAZA de Posesion y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes: 1. 2. 3. MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Zeludio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Copertino MORDAZA MORDAZA 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yhue MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Creses MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roy MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

Que, en atencion a dicho sustento tecnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a traves de su Informe Final PRP Nº 006-2015-MINAGRIPCC, emite opinion favorable para la aprobacion del Pedido de Reconversion Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos "Lineamientos Especificos para la atencion del Ministerio de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversion Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro VRAEM" aprobados por Resolucion Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI; Estando a la opinion emitida por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Informe Nº 209-2015-MINAGRI-OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, en cuanto a su denominacion; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad; la Ley Nº 29736, Ley de Reconversion Productiva Agropecuaria y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014-MINAGRI; y, la Resolucion Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos "Lineamientos Especificos para la atencion del MINAGRI a los Pedidos de Reconversion Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro VRAEM"; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del pedido de Reconversion Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios Aprobar el Pedido de "Reconversion Productiva Agropecuaria presentado por la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE CAFE DE ALTURA DEL DISTRITO DE ANCHIHUAY, a favor de sus veintiseis (26) miembros que se detallan en el noveno noveno considerando de la presente Resolucion, respecto del mismo numero de predios que conducen, ubicados en el Caserio Buena Gana, MORDAZA Vista, Miraflores, Usaqasa, Magas, MORDAZA Grande y Union MORDAZA, distrito de Anchihuay, provincia La Mar, Region MORDAZA, contenido en el Proyecto de Reconversion Productiva Agropecuaria "Reconversion del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalacion y produccion de Cafe en treinta (30) hectareas", incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversion Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio

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