Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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como Coordinadora General de la Unidad Central de Focalizacion de la Direccion General de Gestion de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1208109-1 DECRETA:

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 134 976,00) a favor del pliego 003: Ministerio de Cultura, para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor del Ministerio de Cultura
DECRETO SUPREMO Nº 037-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se aprobo, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura, ente rector y central en materia de cultura en la Republica del Peru, que tiene entre sus ambitos de competencia el diseno, establecimiento, ejecucion y supervision de politicas nacionales y sectoriales, y comprende los procesos esenciales referidos a: Patrimonio Cultural de la Nacion, Material e Inmaterial; Gestion Cultural e Industrias Culturales, incluyendo la creacion cultural contemporanea y artes vivas; y la pluralidad etnica y cultural de la nacion, en concordancia a lo senalado en el Reglamento de Organizacion y Funciones del citado Ministerio, que fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; Que, mediante Oficio Nº 113-2015-SG/MC, el Ministerio de Cultura solicita una demanda adicional de recursos por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 134 976,00) para atender los gastos relacionados con el financiamiento del expediente tecnico para la edificacion del Museo Nacional, segun la evaluacion del PIP "Mejoramiento Integral del Servicio de Interpretacion del Patrimonio Cultural mediante la creacion del Museo Nacional del Peru en el Distrito de Lurin, Provincia de MORDAZA, Departamento de Lima", con codigo SNIP Nº 303849, remitiendo para tal efecto el Informe Nº 158-2015-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado pliego; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos para atender el requerimiento senalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 003: Ministerio de Cultura, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 134 976,00) a favor del citado pliego, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 4 134 976,00 -------------------4 134 976,00 =========== En Nuevos Soles Gobierno Central 003 : Ministerio de Cultura 008 : Proyectos Especiales ACTIVIDAD

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2251549 : Mejoramiento Integral del Servicio de Interpretacion del Patrimonio Cultural mediante la creacion del Museo Nacional del Peru en el Distrito de Lurin, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 4 134 976,00 ------------------4 134 976,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo

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