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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2015 (06/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015 548058 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios 8 923 036,00 SUB TOTAL 8 923 036,00 TOTAL EGRESOS 8 923 036,00 ========== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos a transferir se detallan en el Anexo “Aprobación de recursos para el Programa del Vaso de Leche por efectos de la creación de una nueva provincia y distritos” que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá al órgano competente para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil quince OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1208115-2 Aprueban modelos de documentos estandarizados establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, aprobado mediante D.S. N° 006-2015-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 081-2015-EF/15 Lima, 4 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado y normas modifi catorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales y Universidades Públicas; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2014-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la Ley N° 29230; Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-EF, se aprobó el Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, que incorpora a las entidades del Gobierno Nacional en los alcances de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobará mediante Resolución Ministerial, los contenidos de documentos estandarizados y los remitirá a PROINVERSIÓN para su publicación en su portal institucional, siendo estos: (i) Modelo de Resolución del Titular de la Entidad Pública que decide aprobar la lista de proyectos priorizados; (ii) Modelo de Resolución que decide llevar a cabo el proceso de selección; (iii) Modelo de Resolución de designación del Comité Especial; y, (iv) Modelo de Convenio a celebrarse con la Empresa Privada; De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 117-2014-EF; el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de los modelos de documentos estandarizados establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-EF Apruébense los modelos de documentos estandarizados a los que se refi ere la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-EF, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, de acuerdo al siguiente detalle: - Modelo de Resolución del Titular de la Entidad Pública que decide aprobar la lista de proyectos priorizados (Anexo 1). - Modelo de Resolución que decide llevar a cabo el proceso de selección (Anexo 2). - Modelo de Resolución de designación del Comité Especial (Anexo 3). - Modelo de Convenio a celebrarse con la Empresa Privada (Anexo 4). Artículo 2°.- Publicación Remítase la presente Resolución Ministerial y sus respectivos Anexos a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a efectos que sean publicados en su portal institucional, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, que incorpora a las entidades del Gobierno Nacional en los alcances de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del