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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2015 (06/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015 548057 no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1208115-1 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para financiar el Programa del Vaso de Leche, por efecto de creación de nueva provincia y distritos DECRETO SUPREMO Nº 038-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 24509 se aprobó el Programa del Vaso de Leche, cuya fi nalidad es ofrecer una ración diaria de alimentos a una población considerada vulnerable, con el propósito de ayudarla a superar la inseguridad alimentaria en la que se encuentra; asimismo, las acciones de este programa son realizadas con una fuerte participación de la comunidad, y tienen como fi n último elevar su nivel nutricional y contribuir a mejorar la calidad de vida; Que, mediante la Ley Nº 27470, modifi cada por la Ley Nº 27712, se han establecido normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche; Que, la Décima Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que en el caso de la distribución de recursos para el Programa del Vaso de Leche se aplican las disposiciones correspondientes de la Ley 27470, Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 27470, modifi cado por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueba, mediante resolución ministerial, los índices de distribución de los recursos aplicables a partir del año 2015, que se destinan a fi nanciar el Programa del Vaso de Leche de las municipalidades distritales en el ámbito nacional, debiendo considerar entre los criterios de distribución, principalmente, el índice de pobreza conjuntamente con el demográfi co y de acuerdo con los benefi ciarios a ser atendidos; Que, mediante las Leyes Nºs 29991, 30013, 30086, 30087 y 30197 se han creado el distrito de Veintiséis de Octubre, en la Provincia de Piura del departamento de Piura; el distrito de Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, en la provincia de Huamanga; el distrito de Anchihuay, en la provincia de La Mar; el distrito de Canayre en la provincia de Huanta, del departamento de Ayacucho; y el distrito de Mi Perú en la Provincia Constitucional del Callao, respectivamente; Que, asimismo, mediante Ley Nº 30186 se creó la provincia de Putumayo en el departamento de Loreto, así como el distrito de Teniente Manuel Clavero, el distrito de Rosa Panduro y el distrito de Yaguas; Que, mediante el Ofi cio Nº 027-2015-MIMP/OGPP y los Ofi cios Nºs. 300 y 544-2015-MIMP/SG, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, comunican los índices de distribución aplicables a partir del año 2015 del Programa del Vaso de Leche a ser considerados en el presupuesto de las municipalidades de la provincia y distritos recientemente creados, así como para las provincias y distritos de donde dichos distritos se han separado geográfi camente; Que, de acuerdo con los citados índices de distribución aplicables a partir del año 2015 para Programa del Vaso de Leche, se ha determinado el monto de OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 923 036,00), para los Pliegos Municipalidad Distrital de Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, Municipalidad Distrital de Canayre, Municipalidad Distrital de Anchihuay, Municipalidad Distrital de Mi Perú, Municipalidad Provincial de Putumayo, Municipalidad Distrital de Rosa Panduro, Municipalidad Distrital de Yaguas y la Municipalidad Distrital de Veintiséis de Octubre, los cuales son de reciente creación; así como para los Pliegos de la Municipalidad Provincial de Huamanga, Municipalidad Distrital de Llochegua, Municipalidad Distrital de Anco, Municipalidad Distrital de Ventanilla, Municipalidad Provincial de Maynas – Iquitos, Municipalidad Distrital de Teniente Manuel Clavero y la Municipalidad Provincial de Piura; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, dichos recursos no han sido autorizados en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 923 036,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de los aludidos Pliegos para el fi nanciamiento del Programa del Vaso de Leche; De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 923 036,00), a fi n de atender el fi nanciamiento del Programa del Vaso de Leche de los Pliegos Presupuestarios señalados en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 8 923 036,00 TOTAL EGRESOS 8 923 036,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales