Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (tarifa economica, incluido el TUUA) US $ 3,928.00 Viaticos (US $ 440 x 5 dias) US $ 2,200.00 Articulo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante articulo 1, debera presentar un Informe detallado sobre el resultado de la comision de servicios, asi como hacer entrega de un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Articulo 4.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1207679-1

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Definen al Plan COPESCO Nacional como Entidad Publica MORDAZA B del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 067-2015-MINCETUR San MORDAZA, 3 de marzo de 2015 Visto, el Informe Nº 01-2015-MINCETUR/COPESCO/ DE y el Memorandum Nº 181-2015-MINCETUR/SG/OGA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un regimen unico y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, asi como para aquellas personas que estan encargadas de su gestion, del ejercicio de sus potestades y de la prestacion de servicios a cargo de estas; Que, el literal a) del articulo IV del Titulo Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, define como Entidad Publica MORDAZA A, y solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, a aquella organizacion que cuente con personeria juridica de derecho publico, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto, se encuentran sujetas a las normas comunes de derecho publico; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del referido literal define como entidad publica MORDAZA B, a aquellos organos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley Nº 28411, de una entidad publica MORDAZA A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan con los siguientes criterios: "i) Tenga competencia para contratar, sancionar y despedir; ii) Cuente con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces; un titular, entendiendose como la MORDAZA autoridad administrativa y/o, una alta direccion o la que haga sus veces; y, iii) Cuente con resolucion del titular de la entidad publica a la que pertenece definiendola como Entidad MORDAZA B";

Que, el articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052002-MINCETUR, contempla en su estructura a Plan COPESCO Nacional, definiendolo como "Un organo de ejecucion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dependiente de la Alta Direccion, que tiene por objeto formular, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar proyectos de inversion de interes turistico a nivel nacional; y prestar apoyo tecnico especializado para la ejecucion de proyectos turisticos a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades publicas que lo requieran, suscribiendo para el efecto los convenios de cooperacion interinstitucional que corresponda"; Que, en ese sentido, Plan COPESCO Nacional se constituye como la Unidad Ejecutora 004 del Pliego 035 ­ Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), a cargo de un Director Ejecutivo, contando con unidades organicas como son: la Unidad de Administracion; la Unidad de Estudios, Proyectos y Supervision; y, la Unidad de Ejecucion de Obras; Que, bajo el MORDAZA normativo expuesto, tanto la Oficina de Personal de la Oficina General de Administracion, como la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, concluyen que Plan COPESCO Nacional cumple con los dos primeros criterios senalados en el literal a) del articulo IV del Titulo Preliminar del Reglamento de la Ley Nº 30057; toda vez que de acuerdo con su Manual de Operaciones tiene competencia para contratar con personas naturales o juridicas, tiene directivas que regulan sus procesos de contratacion de personal bajo regimen del Decreto Legislativo 1057 y, lleva a cabo procedimientos administrativos disciplinarios, funciones que son asumidas por la Unidad de Administracion; contando con un Director Ejecutivo que es el MORDAZA organo responsable de la direccion y administracion de dicha Unidad Ejecutora; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1.- Definir como Entidad Publica MORDAZA B del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solo para efectos del Sistema de Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, a Plan COPESCO Nacional. Articulo 2.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR y a Plan COPESCO Nacional para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1207399-1

Autorizan viaje de personal del Viceministerio de Comercio Exterior a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 068-2015-MINCETUR MORDAZA, 4 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integracion, a fin de alcanzar una mayor proyeccion competitiva en cuanto a la convergencia, liberalizacion e integracion comercial;

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