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El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015 548400 Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas LC BUSRE S.A.C. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. han presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de marzo de 2015, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas LC BUSRE S.A.C. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe No. 061-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe No. 049-2015- MTC/12.04, verifi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: - Señor Javier José Félix Aleman Urteaga, del 12 al 18 de marzo de 2015, a la ciudad de Vancouver, Canadá. - Señor José Roger Pinedo Bastos, el 17 y 18 de marzo de 2015, a la ciudad de Ezeiza, Buenos Aires, República Argentina De acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes No. 049-2015-MTC/12.04 y No. 061-2015-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, respectivamente. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas LC BUSRE S.A.C. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Los Inspectores autorizados en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 12 AL 18 DE MARZO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 061-2015-MTC/12.04 Y Nº 049-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 461-2015- MTC/12.04 12-Mar 18-Mar US$ 1,320.00 L.C. BUSRE S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Vancouver Canadá Chequeo técnico Inicial de Verifi cación de Competencia en simulador de vuelo en el equipo Dash 8, a su personal aeronáutico 22110-22111-153- 1771 462-2015- MTC/12.04 17-Mar 18-Mar US$ 200.00 TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. Pinedo Bastos, José Roger Ezeiza, Buenos Aires Argentina Chequeo técnico Bianual como Instructor de Vuelo, en la ruta Lima – Ezeiza – Lima, en el equipo A-330 a su personal aeronáutico 2085 - 2086 1210258-1 Otorgan a Travel Air S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial - turístico, otorgado mediante R.D. Nº 403-2014-MTC/12 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 056-2015-MTC/12 Lima, 4 de febrero de 2015 Vista la solicitud de la compañía TRAVEL AIR S.A.C., sobre la Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 403-2014- MTC/12 del 02 de setiembre del 2014 se otorgó a la compañía TRAVEL AIR E.I.R.L. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial – Turístico por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 09 de octubre del 2014;