Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

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Operativo, el Cuadro de Necesidades, el Presupuesto Anual y los instrumentos de gestion de su competencia. 23) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia a traves de Directivas, Procedimientos y otros documentos. 24) Cumplir con las demas atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las normas legales y las funciones que le MORDAZA asignadas por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental. Articulo 2º.- Adicionar, funciones a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informatica, Gerencia de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental y Gerencia de Desarrollo Social y Humano; Funciones que se encuentran establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Canete, aprobados mediante Ordenanza Nº 042-2012-MPC, y que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 48º.- Son funciones de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informatica: w) Impulsar la programacion de recursos presupuestales para las intervenciones en materia de gestion del riesgo de desastres, en el MORDAZA del PLANAGERD. x) Coordinar, organizar, promover y conducir el Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de Desastres, en calidad de Secretaria Tecnica. y) Proponer al Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de Desastres el proyecto de agenda de las sesiones y llevar el registro de actas. z) Proponer e implementar acciones alineadas al Plan de Actividades anual de Gestion de Riesgo de Desastres. aa) Coordinar con los representantes de la unidades organicas conformadas del Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de Desastres la implementacion y ejecucion de los acuerdos tomados. bb) Proponer la conformacion del Equipo Tecnico de Trabajo, para la elaboracion de los planes especificos en el MORDAZA de las gestion del riesgo de desastres. cc) Proponer los instrumentos de planificacion para la prevencion de desastres de acuerdo a los lineamientos de SINAGERD, en coordinacion con las unidades organicas competentes. Articulo 93º.- Son funciones de la Gerencia de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural: z) Proponer a la Gerencia Municipal los Planes de Acondicionamiento Territorial, Planes MORDAZA y demas planes de desarrollo, incorporando el enfoque de Gestion de Riesgos de Desastres, utilizando los mecanismos de coordinacion, concertacion y participacion necesarios, una vez aprobados, supervisar su cumplimiento y mantenerlos actualizados. aa) Promover y brindar apoyo en la ejecucion de los procesos de rehabilitacion y reconstruccion en el MORDAZA de la Gestion de Riesgos de Desastres de acuerdo a su competencia, coordinando en el Grupo de Trabajo. bb) Coordinar y supervisar las obras de prevencion, rehabilitacion y reconstruccion conjuntamente con la Sub Gerencia de Gestion de Riesgos, o quien haga sus veces. Articulo 106º.- Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano: vv) Formular Proyectos de Inversion Publica de su competencia, incorporando el analisis de riesgos. ww) Promover y brindar apoyo en la ejecucion de actividades sobre Gestion del Riesgo de Desastres, de acuerdo a su competencia. Articulo 140º.- Son funciones de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental: y) Promover y Brindar apoyo en la ejecucion de actividades sobre Gestion del Riesgo de Desastres, de acuerdo a su competencia. Articulo 3º.- Encargar, a la Gerencia de Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1210083-1

Aprueban modificacion de la Ordenanza N° 022-2006-MPC, que reglamento la expedicion de certificados domiciliarios
ORDENANZA Nº 039-2014-MPC Canete, 5 de diciembre del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria del 28 de noviembre del 2014, en atencion al Informe Nº 099-2014-SGPC-GDSyH-MPC, remitido por la Subgerencia de Participacion Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Canete, referente al procedimiento de expedicion de certificados domiciliarios, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, en la que senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el inciso 3 y 8, del articulo 9, de la MORDAZA legal senalada anteriormente, establece como atribuciones del Concejo Corresponde el de Aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local y el de Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, segun la Ley Nº 28862 Ley que Elimina la Atribucion de la Policia Nacional del Peru a Expedir Certificados Domiciliarios en su art. 3º toda mencion o exigencia dispuesta en nuestra legislacion referidos a certificados domiciliarios expedidos por la Policia Nacional del Peru, debe de entenderse como certificado domiciliario que puede ser expedido por los gobiernos locales, notarios publicos o jueces de paz conforme a las leyes vigentes. Que, para la encargatura de expedicion de Certificado Domiciliario se debe de realizar la correspondiente modificacion de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC, asi como del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Canete, para la aplicacion administrativa correspondiente. Que, mediante Ordenanza Nº 022-2006-MPC, de fecha 14 de agosto del 2006, se aprueba la "Ordenanza Reglamentaria para la Expedicion de Certificados Domiciliarios", en aplicacion de la Ley Nº 28862, mediante el cual se autoriza a los Gobiernos Locales a expedire os Certificados Domiciliarios de las personas con residencia en el ambito del Distrito de la Provincia de Canete. Que, Informe Nº 099-2014-SGPC-GDSyH-MPC, de fecha 11 de setiembre del 2014, la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana, remite el proyecto de modificacion de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC, asi como del Reglamento de Reglamento de Organizacion y Funciones y Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta institucion edil. Que, mediante Informe Legal Nº 323-2014-OAJMPC, de fecha 30 de setiembre del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica se pronuncia por la procedencia de la modificacion de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC, modificacion del articulo 2, del reglamento de organizacion y funciones, asi como de la modificacion del MORDAZA de esta institucion MORDAZA, conforme a lo solicitado por la Subgerencia de Participacion Ciudadana; Que, mediante Dictamen Nº 022-2014-CPEAM-MPC, de fecha 07 de noviembre del 2014, la Comision de Planificacion, Economia y Administracion Municipal, opina que resulta factible la modificacion de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC, mediante el cual se faculta la Expedicion

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