Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

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desenvolvimiento de las funciones de la Municipalidad Distrital de Curimana. 6. En tal sentido, corresponde en el presente caso dejar sin efecto, provisionalmente, la credencial entregada al ciudadano Loiber MORDAZA MORDAZA, que lo reconoce en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, hasta que se resuelva su situacion juridica por el organo jurisdiccional competente, debiendo en consecuencia convocar a la primera regidora habil que sigue en su propia lista electoral, Delsy MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 00113159, para que asuma provisionalmente el cargo de burgomaestre de la citada comuna, mientras se resuelva la situacion juridica de la autoridad MORDAZA en cuestion. 7. Asimismo, para completar el numero de regidores, corresponde convocar a la candidata no proclamada, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con DNI Nº 70810554, para que asuma, de forma provisional, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Curimana. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Loiber MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Delsy MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 00113159, para que asuma, provisionalmente, el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con DNI Nº 70810554, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1210851-1

CURIMANA - PADRE MORDAZA - UCAYALI MORDAZA, veinticinco de febrero de dos mil quince. VISTO el Acta de Sesion Extraordinaria Nº 002-2015, de fecha 29 de enero de 2015, mediante el cual se aprobo no suspender a Loiber MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, respecto a la causal referida a contar con un mandato de detencion, estipulada en el inciso 3 del articulo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES El MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo, con fecha 31 de octubre de 2014, emitio el Acta de Proclamacion de resultados para la eleccion del distrito de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, por medio del cual declaro a Loiber MORDAZA MORDAZA como MORDAZA de dicho distrito. Mediante Resolucion Nº 6, de fecha 17 de diciembre de 2014, el Juzgado de Investigacion Preparatoria de MORDAZA MORDAZA declaro fundado la solicitud de prision preventiva contra Loiber MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA penal que se le sigue por la presunta comision del delito colusion desleal agravada, disponiendo que cumpla esta medida coercitiva por el plazo de seis meses. Mediante Sesion Extraordinaria, de fecha 29 de enero de 2015, se aprobo no suspender a Loiber MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, respecto a la causal referida a contar con un mandato de detencion, estipulada en el inciso 3 del articulo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. CONSIDERANDOS 1. El articulo 6 de la Ley Nº 26997, ley que establece la conformacion de comisiones de transferencia de la administracion municipal, dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades deberan juramentar en el cargo de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. Por otro lado, el articulo 35 de la ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final y que MORDAZA figurado en la misma lista que integro el regidor que produjo la vacante. 3. En el presente caso, se tiene que el ciudadano Loiber MORDAZA MORDAZA fue proclamado como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA y departamento de Ucayali; sin embargo, el Juzgado de Investigacion Preparatoria de MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Nº 6, de fecha 17 de diciembre de 2014, declaro fundado la solicitud de prision preventiva contra dicho ciudadano, en el MORDAZA penal que se le sigue por la presunta comision del delito colusion desleal agravada, disponiendo que cumpla esta medida coercitiva por el plazo de seis meses. 4. En consecuencia, si bien se le hizo entrega de la credencial que lo reconoce como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, se encontraba imposibilitado de asistir al acto de juramentacion, ello a pesar de que aun no estuviera recluido en un centro penitenciario en dicha fecha por encontrarse profugo, puesto que, al contar con una orden de captura en su contra sera detenido en cuanto sea ubicado por miembros de la policia nacional (lo cual ocurriria al asistir a una ceremonia publica programada como es la juramentacion en el cargo de las autoridades municipales electas), por lo que tiene restringida su MORDAZA ambulatoria. 5. Tomando en cuenta ello, como se ha indicado en la Resolucion Nº 170-A-2013-JNE, de fecha 25 de febrero de 2013, al no haber juramentado dicho ciudadano en el cargo para el que fue elegido no corresponde, efectivamente, que el concejo declare su suspension, puesto que dicho candidato no ha asumido el cargo municipal de MORDAZA, ni la condicion para ejercer el mismo. No obstante ello, este colegiado no puede discutir ni desconocer la situacion juridica del ciudadano Loiber MORDAZA MORDAZA, por lo que corresponde a este MORDAZA organo electoral adoptar las medidas necesarias a fin de no perjudicar el normal

MINISTERIO PUBLICO
Designan fiscal en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Pasco
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 862-2015-MP-FN MORDAZA, 10 de marzo de 2015 VISTA: La Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº321-2014-CNM, de fecha 14 de noviembre del 2014 y la MORDAZA Nº13-2015-AMAG-SPA-PROFA, de fecha 30 de enero del 2015, expedida por la Academia de la Magistratura. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de vista, emitida por el Consejo Nacional de la Magistratura, en el MORDAZA de la

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