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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2015 (20/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015 548975 VISTOS, el Informe Técnico N° 0471-2013-DSFL- DGPA-MC, el Informe Técnico N° 1803-2014-DSFL-DGPA/ MC y el Informe Técnico N° 018-2015-DSFL-DGPA/MC; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296, indican que es de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, mediante Informe Técnico N° 0471-2013-DSFL- DGPA-MC de fecha 21 de agosto de 2013 informa sobre los trabajos de delimitación de 25 monumentos arqueológicos ubicados en los distritos de Carabayllo y San Martín de Porres en el marco del Plan Piloto de Delimitaciones de Lima Metropolitana entre los que se incluye el monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5; Que, mediante Informe Técnico N° 1803-2014-DSFL- DGPA/MC de fecha 25 de julio de 2014, el Lic. Humberto Alvarez Gil Heredia de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal. informa sobre la elaboración del expediente técnico de delimitación y declaratoria del monumento arqueológico Prehispánico Huatocay 5 ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima en el marco del Plan Piloto de Delimitaciones de Lima Metropolitana; Que, mediante Informe Técnico N° 018-2015-DSFL- DGPA/MC de fecha 5 de enero de 2015, la Ing. Maria Jackeline Ygreda Melgarejo de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, informa que de acuerdo al Certifi cado de Búsqueda Catastral N° 402378621 de fecha 20 de noviembre de 2014 la Ofi cina Registral N° IX-Sede Lima señala que el predio de 52 002.37 m2 correspondiente al monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima se visualiza sobre un ámbito donde a la fecha no se puede verifi car la existencia o no de predios inscritos, por lo que no existe titularidad registral; Que mediante el Informe Técnico N° 0146-2015- DSFL-DGPA/MC de fecha 16 de enero del 2015, el Lic. Humberto Alvarez Gil Heredia de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, informa lo siguiente: • El monumento arqueológico Huatocay 5 según el plano perimétrico PP-071-MC_DGPC/DA-2013 WGS84 incluye los sitios registrados en el Inventario del Patrimonio Monumental Inmueble de Lima. Valles de Chillón, Rímac y Lurín (UNI – Ford 1988) con los nombres de Huatocay 5 (código N° 1220) y Huatocay 6 (código N° 1221). • El ámbito correspondiente al monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5 según el plano perimétrico PP-071-MC_DGPC/DA-2013 WGS84 no cuenta con antecedente registral alguno, razón por la cual no procede la notifi cación correspondiente según la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. • Se ha elaborado el expediente técnico de delimitación y declaratoria del monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5 ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. • El monumento arqueológico Huatocay 5 no cuentan con declaratoria como patrimonio cultural de la Nación ni con expediente técnico aprobado. • El citado monumento constituye una importante expresión del desarrollo de las sociedades prehispánicas que habitaron en el valle bajo del río Chillón entre los periodos Horizonte Temprano (200 a. C. - 600 d. C) e Intermedio Tardío (1000 – 1476 d. C.) • La aprobación del expediente técnico del citado monumento arqueológico es fundamental para su protección efectiva frente al avance del tráfi co de terrenos y otras amenazas que ponen en riesgo la integridad del mismo. • Y recomienda la Declaración de Patrimonio Cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5 con la clasifi cación de Sitio Arqueológico según los datos señalados en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Lima Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Huatocay 5 Carabayllo 283321.7590 8697630.5230 • Asimismo recomienda aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del siguiente monumento arqueológico prehispánico, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84 Área(m2) Área(ha) Perímetro (m) Huatocay 5 PP-071-MC_DGPC/ DA-2013 WGS84 52 002.37 5.2002 1 003.03 Que, estando a los informes de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal se determina la condición cultural como asentamiento prehispánico del monumento arqueológico Huatocay 5 y su importancia en la comprensión del desarrollo de la civilización, por ende su necesidad de protección frente al avance de las lotizaciones informales, con lo que se demuestra la necesidad de proceder a la declaratoria y aprobación del expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico citado, estableciendo su área intangible para efectos de brindarle la protección legal necesaria para su conservación por lo que corresponde emitir el acto administrativo resolutivo respectivo; Con el visado de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, del Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 003-2014-MC que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas y Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5 con la clasifi cación de Sitio Arqueológico según los datos señalados en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Lima Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Huatocay 5 Carabayllo 283321.7590 8697630.5230 Artículo 2°.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84 Área(m2) Área(ha) Perímetro (m) Huatocay 5 PP-071-MC_DGPC/ DA-2013 WGS84 52 002.37 5.2002 1 003.03 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación