Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2015 (20/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015

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CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 0432003-PCM, promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 3 y 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establecen que las entidades mediante resolucion de la MORDAZA autoridad deberan designar al funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico; Que, en virtud a ello mediante Resolucion de Presidencia N° 014-2014-SUNASS-PCD se designo a los responsables, titular y suplente, de atender las solicitudes de informacion presentadas en la sede central de la SUNASS y en caso de ausencia de los responsables designados en las oficinas desconcentradas de la SUNASS; Que, por razones de servicio se ha considerado pertinente dar por concluida dicha designacion, por lo que corresponde designar al MORDAZA responsable, asi como a su suplente, de atender las solicitudes de informacion presentadas en la sede central de la SUNASS y en caso de ausencia de los responsables designados en las oficinas desconcentradas de la SUNASS; De conformidad con el articulo 8 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y de los articulos 3 y 4 de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al senor MORDAZA Erick MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable de atender las solicitudes de acceso a la informacion presentadas en la sede central de la SUNASS. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA Erick MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable de atender las solicitudes de acceso a la informacion en caso de ausencia de alguno de los responsables designados en las oficinas desconcentradas de la SUNASS. Articulo 3°.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable de atender las solicitudes de acceso a la informacion en caso de ausencia del senor MORDAZA Erick MORDAZA MORDAZA Guevara. Articulo 4°.- Dejar sin efecto los articulos 2, 3 y 4 de la Resolucion de Presidencia N° 014-2014-SUNASS-PCD. Articulo 5°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe), cuya MORDAZA se colocara en un lugar visible en cada sede administrativa de la SUNASS. Registrese, comuniquese y publiquese.

que se establece en el articulo 23 de las Disposiciones Complementarias de la Ley; y (ii) la citada difusion no constituye violacion de secreto comercial o industrial, ni al secreto de las telecomunicaciones; Que, en ese sentido, de manera simultanea a la notificacion a Telefonica de la mencionada propuesta de OBC y del informe que la sustenta, resulta pertinente su publicacion en la pagina web institucional del OSIPTEL, de modo que su contenido pueda ser conocido por los interesados y les resulte factible presentar comentarios y sugerencias, previamente al establecimiento definitivo de la referida OBC; En aplicacion de las funciones previstas en los articulos 25 y 52 de las Disposiciones Complementarias de la Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la propuesta de Oferta Basica de Comparticion que el OSIPTEL plantea establecer para Telefonica del Peru S.A.A., en su calidad de proveedor importante de los mercados relevantes determinados por el articulo 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 132-2012-CD-OSIPTEL; por los fundamentos que se senalan en la parte considerativa de la presente resolucion y el analisis efectuado en el Informe Nº 001GPRC/2015. Articulo Segundo.- Notificar a Telefonica del Peru S.A.A. la presente resolucion y la propuesta de Oferta Basica de Comparticion senalada en el Articulo Primero, conjuntamente con el Informe Nº 001-GPRC/2015; y otorgarle un plazo de treinta (30) dias habiles, a ser contado desde el dia habil siguiente de efectuada la notificacion, a fin que presente sus comentarios a la referida propuesta. Articulo Tercero.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del OSIPTEL (pagina web institucional: http://www.osiptel. gob.pe), debiendo realizarse la publicacion en este ultimo medio de manera conjunta con la propuesta de Oferta Basica de Comparticion senalada en el Articulo Primero y el Informe Nº 001-GPRC/2015; con la finalidad que los interesados puedan remitir al OSIPTEL sus comentarios, dentro del plazo de treinta (30) dias habiles a ser contado a partir del dia habil siguiente de efectuada la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Los comentarios seran presentados por escrito, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima). En el caso de remision de comentarios via fax al numero: (511) 475-1816, o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel.gob.pe, se debera obtener una MORDAZA de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA APOLONI MORDAZA Gerente General 1213371-1

MORDAZA MOMIY MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1213250-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan responsables de atender solicitudes de acceso a la informacion en la sede central y en las oficinas desconcentradas de la SUNASS
RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 007-2015-SUNASS-PCD MORDAZA, 16 de marzo de 2015

Designan responsables de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la SUNASS
RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 008-2015-SUNASS-PCD MORDAZA, 16 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 0432003-PCM, promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 3 y 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica,

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