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El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015 548977 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Edmundo Luis Enrique DEVILLE Del Campo, CIP. 02799637, DNI. 43390592, Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, del Capitán de Navío SN.(MC) Juan Carlos MEZA Garcia, CIP. 02843699, DNI. 08261325 y del Capitán de Corbeta José Luis VARGAS Baroni, CIP. 00912761, DNI. 43374598, como parte de la Comitiva Ofi cial y de Apoyo que acompañará al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, para que efectúen una visita ofi cial a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 25 de marzo de 2015; así como, autorizar su salida del país el 22 y su retorno el 26 de marzo de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - México D.F. (Estados Unidos Mexicanos) - Lima US$. 1,080.00 x 3 personas US$ 3,240.00 Viáticos: US$. 440.00 x 4 días x 3 personas US$ 5,280.00 ------------------------ TOTAL A PAGAR: US$ 8,520.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1214373-3 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas PEI 2012 - 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2015-EF/41 Lima, 18 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 880-2011-EF/41, de fecha 12 de diciembre de 2011, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2012-2016 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), modifi cada por Resolución Ministerial Nº 357- 2013-EF/41, de fecha 10 de diciembre de 2013; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 156-2013-PCM, se aprobó el “Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las entidades de la Administración Pública”, que tiene como objetivo dar criterios y lineamientos de cumplimiento obligatorio a las entidades públicas de la Administración Pública, a fi n de mejorar la atención otorgada al ciudadano en la provisión de bienes y servicios públicos, dentro del proceso de modernización de la Gestión Pública; Que, en el referido Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía la Secretaría de Gestión Pública, en su calidad de rector del proceso de Modernización de la Gestión Pública, señala que es importante que las entidades defi nan adecuados procesos de seguimiento y evaluación del proceso de atención a la ciudadanía, para lo que se requiere defi nir un conjunto de actividades e indicadores que deben ser monitoreados en el tiempo, a fi n de evaluar la operación de los distintos procesos relacionados a este tema, así como para observar los resultados de las acciones implementadas para su mejora; en el caso de este tipo de procesos, será relevante que se tengan claramente defi nidos tanto los indicadores de gestión como las instancias a las que serán enviados los resultados de la evaluación para la toma de decisiones pertinentes; Que, en ese contexto, el Tribunal Fiscal requiere modifi car las metas del Objetivo Estratégico Específi co Institucional 7.7 “Fortalecer la Institucionalidad del Estado” y de la Actividad 7.7.1 “Resolver oportunamente las controversias tributarias que surjan entre las administraciones y los contribuyentes”, para los años 2015 a 2016, debido a que cuentan con un menor número de Vocales y un mayor ingreso de expedientes registrados en el 2014, factor exógeno que incide en el cálculo del indicador de productividad y en los resultados observados en las evaluaciones del PEI 2012-2016; Que, en tal sentido resulta necesario modifi car el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) 2012-2016, en lo que respecta a las metas del Objetivo Estratégico Específi co Institucional 7.7 “Fortalecer la Institucionalidad del Estado”, y de la Actividad 7.7.1 “Resolver oportunamente las controversias tributarias que surjan entre las administraciones y los contribuyentes”, según la propuesta presentada por el Tribunal Fiscal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Modifi car el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas - PEI 2012-2016, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 880-2011-EF/41 y modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 357-2013- EF/41, en lo concerniente a la variación de las metas, para los años 2015 y 2016, del indicador “Ratio de productividad” del Objetivo Estratégico Específi co Institucional 7.7 - Fortalecer la institucionalidad del Estado, y del indicador “Expedientes resueltos” de la Actividad 7.7.1 - Resolver oportunamente las controversias tributarias que surjan entre las administraciones y los contribuyentes, las que quedarán redactadas de la siguiente manera: “(...) PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES ESTRATÉGICAS Y METAS 2012 – 2016 DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Tribunal Fiscal OBJETIVOS ESTRATÉGICOS GENERALES Y ESPECÍFICOS INSTITUCIONALES / ACTIVIDADES Y PROYECTOS INDICADOR UNIDAD DE MEDIDA PROYECCIONES ANUALES 2012 2013 2014 2015 2016 7. Objetivo Estratégico General Institucional Gestión efi ciente de las entidades públicas (...)