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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2015 (20/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015 548980 en la Parcela 2A Zona Oeste del Fundo Taboada (área de 3 060 m2), según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Tipo de propiedad Tipo de Terreno 21224912 Área de servidumbre subterránea para la Red Primaria en 20 kV de una terna que alimenta la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 00412S Servidumbre de electroducto y de tránsito Coordenadas UTM (PSAD 56) Vértice Norte Este A 8 673 168,906 268 678,923 E 8 673 170,100 268 679,044 F 8 673 221,235 268 171,614 D 8 673 220,041 268 171,493 Área total: 612 m² (Suelo, nivel subterráneo y sus aires) Privado Urbano Artículo 2.- EDELNOR S.A.A. deberá efectuar el pago del monto de compensación y de la indemnización, de ser el caso, determinado por el Colegio de Economistas del Callao, según corresponde, por la servidumbre de electroducto y de tránsito para la instalación de la Red Primaria en 20 kV que alimenta la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 00412S. Asimismo, una vez culminado el proceso de ofrecimiento de pago y consignación judicial, deberá remitir a la Dirección General de Electricidad, la Resolución que pone fi n al proceso. Caso contrario, de conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si el concesionario no cumpliera con la obligación citada anteriormente, perderá automáticamente el derecho a la servidumbre. Artículo 3.- EDELNOR S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- EDELNOR S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Articulo 5.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 6.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1188073-1 Designan Directora General de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2015-MEM/DM Lima, 19 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N°359-2013-MEM/ DM se designó al señor José Manuel Pando Pando, en el cargo de Director General de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar al funcionario que lo reemplazará; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Manuel Pando Pando, al cargo de Director General de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a la señorita Alessandra Gilda Herrera Jara, en el cargo de Directora General de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1214296-1 INTERIOR Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo encargado de la preparación, organización y realización de la “IV Conferencia Latinoamericana de Saneamiento - LatinoSAN 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0205-2015-IN Lima, 19 de Marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2015- VIVIENDA, se declaró de interés nacional la realización dela “IV Conferencia Latinoamericana de Saneamiento – LatinoSAN 2016”, así como sus eventos conexos; Que, el artículo 2° del citado Decreto Supremo dispone la creación del Grupo de Trabajo, adscrito al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, encargado de la preparación, organización y realización de la “LatinoSAN 2016”; Que,asimismo, el artículo 4° del mencionado Decreto Supremo establece que el citado Grupo de Trabajo estará integrado, entre otros, por un representante del Ministerio del Interior, el cual, conforme al artículo 5°, deberá ostentar cargo de Viceministro; Que, adicionalmente, el artículo 5° del referido Decreto Supremo precisa que la designación de los representantes, titular y alterno, debe ser realizada mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y, el Decreto Supremo N° 007- 2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo1°.- Designar al abogado Leoncio Delgado Uribe, Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio del Interior, y al ingeniero Juan Carlos Sánchez Lazo, Director General de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio del Interior, como representantes, titular y alterno respectivamente, del Ministerio del Interior ante el Grupo de Trabajo encargado de la preparación, organización y realización de la “IV Conferencia Latinoamericana de Saneamiento – LatinoSAN 2016”. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento y a los funcionarios designados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1214323-1