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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2015 (29/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Domingo 29 de marzo de 2015 549766 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 030-2015-MDS/OPP, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto respecto al Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento que Regula los Procesos de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de Sayán; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras. Que, la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, en su Artículo 17º numeral 17.1) dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en su Artículo 9º, numerales 14), 34) y Artículo 53º dispone que se deben aprobar normas que aseguren una efectiva participación vecinal, garantizando espacios de concertación, a través del Proceso del Presupuesto Participativo, como instrumento de administración y gestión, Artículo 97º, estipula que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deban responder fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad y consistencia de la política locales, especialización de las funciones, competitividad e integración. Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056 y su modifi catoria Ley Nº 29298, establece disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Regionales y Locales. Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado con Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01- Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados, es un instrumento que establece los mecanismos y procedimientos, que aseguren la participación de la Sociedad Civil organizada y otras organizaciones públicas y privadas, el mismo que tiene carácter general y permanente. Que, mediante Informe Nº 030-2015-MDS/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, señala que es necesario contar con un instrumento normativo que permita establecer los mecanismos y procedimientos que aseguren la participación de la Sociedad Civil organizada en los Procesos de Presupuesto Participativo que desarrolle la Municipalidad Distrital de Sayán, debiéndose facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Cronograma de Actividades correspondiente a cada ejercicio fi scal. Estando a lo informado y de conformidad con lo establecido en los Artículos 9º Inciso 8), 39) y 40) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria, aprobó por unanimidad la siguiente ordenanza: ORDENANZA DE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS PROCESOS DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAYÁN Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que Regula los Procesos de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Sayán, que consta de V Capítulos, 40 Artículos y 07 Disposiciones Complementarias y Finales, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Cronograma de Actividades de los Procesos del Presupuesto Participativo, correspondiente a cada ejercicio fi scal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano, Social y Económico, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y Ofi cina de Programación e Inversiones, el cumplimiento de la presente Ordenanza en todo cuanto les corresponda. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación del integro de la presente Ordenanza, su Reglamento y sus Anexos, en la página web de la institución Municipal (www.munisayan.gob. pe) y en el portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1217709-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN