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El Peruano Domingo 29 de marzo de 2015 549761 forman parte de la presente Ordenanza Regional por los considerandos expuestos en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Red de Salud Leoncio Prado, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el numeral 5, 5.5.2 y 5.7 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSG aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014- SERVIR/PE, el cual determina que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo el formato CAP y la ordenanza de aprobación se efectuará en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE y en la web institucional: www.regiónhuanuco.gob.pe. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 26 días del mes de marzo del año dos mil quince. FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVÍNCULA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 26 días del mes de marzo del dos mil quince. RUBÉN ALVA OCHOA Presidente 1218033-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo ORDENANZA REGIONAL Nº 307-2015/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 15º: Atribuciones del Consejo Regional, son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 831-2003/ GRP-PR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo – Piura, documento que recogía la fi nalidad, objetivos, funciones generales, estructura orgánica básica y relaciones de dicha Dirección Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma actualmente vigente, aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, señalando en su artículo 10º que el ROF es un documento de gestión que recoge la estructura orgánica, las funciones generales y específi cas de la entidad y cada uno de sus órganos, así como las relaciones de coordinación y control de sus organismos y unidades orgánicas, señalándose además, que la aprobación y/o modifi cación del ROF se debe justifi car con la creación de una nueva entidad, la transferencia de funciones y la modifi cación del marco legal que conlleve la afectación de la estructura orgánica o modifi que total o parcialmente las funciones previstas, entre otras; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 090- 2008-TR se declaró que el Gobierno Regional Piura concluyó el Proceso de Transferencia de funciones sectoriales en materia de trabajo y promoción del empleo y pequeña y micro empresa, contenidas en el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”; Que, mediante Memorando Nº 578-2014/GRP- 430030 del 16 de julio de 2014, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, alcanza la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones – ROF; con Memorando Nº 3041-2014/GRP-410000 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial se presentan observaciones, que son levantadas a través del Memorando Nº 048-2015/ GRP-430030 del 16 de enero de 2015 de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, con Informe Nº 223-2015/GRP-460000 del 02 de febrero de 2015, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica señala que contando con la opinión técnica favorable de la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, Memorando Nº 023-2015/GRP-4100300 del 23 de enero de 2015, resulta procedente la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura; Que, mediante Informe Nº06-2015/GRP-200010- ACCR del 06 de marzo de 2015, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable, recomendando a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial apruebe el Dictamen que proponga la Ordenanza Regional que apruebe el mencionado Reglamento; y con Dictamen Nº 001-2015/GRP-CR-CPPTYAT del 10 de marzo de 2015, esta Comisión, por unanimidad de sus miembros, aprueba dicha recomendación al Consejo Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 06-2015, de fecha 12 de marzo de 2015, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Artículo Primero.- Aprobar, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, observando su naturaleza comprendida en cinco (5) Títulos, siete (7) Capítulos, cuarenta y tres (43) artículos y una (1) Disposición Única, contenido en la estructura orgánica, informe técnico sustentatorio, Fichas Técnicas y Organigrama Estructural, remitida con Memorando Nº 070-2015/GRP-400000 de Gerencia General Regional del 02 de febrero de 2015, documento que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con Gerencia Regional de Desarrollo Social y Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, la implementación de la presente Ordenanza Regional, y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información la publicación del documento de gestión