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El Peruano Viernes 1 de mayo de 2015 551801 Sétimo: A partir del examen del cuadro estadístico de la carga procesal de esta Corte Superior de Justicia, se advierte que el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla viene asumiendo carga procesal que corresponde a materias previstas por la Ley N° 30077 (modifi cada por Ley N° 30133) y Ley N° 29648 (modifi cada por Ley N° 29574), cuyo trámite se sujeta al Código Procesal Penal, razón por la cual en atención a lo previsto por Resolución Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, debe disponerse la redistribución aleatoria de los Cuadernos que giran ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, al Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de este Distrito Judicial, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada Resolución Administrativa, máxime si se trata de procesos penales cuyo trámite debe efectuarse dentro del Nuevo Código Procesal Penal, lo cual conllevará a que los acotados juzgados maximicen su capacidad resolutiva en benefi cio de los justiciables y acercarse a las metas de descarga que posee esta Corte Superior de Justicia. Octavo: La presidenta de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de impartición de justicia en benefi cio del usuario del sistema judicial. Por tanto, en mérito a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la REDISTRIBUCIÓN de la carga procesal que corresponde a la materia prevista por Ley N° 29648 (modifi cada mediante Ley N° 29574), que se encuentra en giro ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, entre el Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, quienes recibirán la mencionada carga procesal, en forma proporcional y aleatoria. Artículo Segundo.- DISPONER el CIERRE DE TURNO TEMPORAL del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de este Distrito Judicial, hasta que se equipare su carga procesal con el Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria; situación que deberá ser monitoreada permanentemente por el Área de Sistemas y Estadística, con conocimiento de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- DISPONER que la redistribución de Cuadernos principales, asi como sus incidentes, a que se refi ere el Artículo Primero, deberá realizarse en el término de UN DÍA de notifi cada que sea la presente resolución, acompañados de sus anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos y foliados, con todos sus escritos en el estado en que se encuentren, los cuales deberán ser remitidos a Mesa de Partes de la Sede Contra Crimen Organizado de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Quinto.- DISPONER que, notifi cada que sea la presente resolución, la Ofi cina de Administración Distrital, en coordinación con el Área de Informática y el Área de Estadística de esta Corte Superior, gestionen las medidas pertinentes para la adecuación del sistema de ingreso de expedientes y escritos a los referidos órganos jurisdiccionales. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente Resolución Administrativa a conocimiento del Señor Presidente del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao,Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, a los Magistrados interesados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1231250-2 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Nombran Vocal Titular del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 166-2015-CG Lima, 30 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a Ley N° 29622 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011-PCM, la Sala del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas está conformada por cinco (5) vocales titulares, pudiendo contar con hasta cinco (05) vocales alternos, todos elegidos a través de concurso público de méritos y nombrados mediante Resolución de Contraloría, que permanecen en el cargo por un periodo de cinco (5) años; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 299-2012- CG, se nombró a los integrantes del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, entre ellos, al señor Aníbal Gonzalo Raúl Quiroga León, como Vocal Titular, y al señor Humberto Bernardo Ramírez Trucíos, como Vocal Alterno; Que, por Resolución de Contraloría N° 096-2015- CG, se declaró la vacancia del cargo de vocal titular del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, por renuncia del señor Aníbal Gonzalo Raúl Quiroga León; Que, el artículo 24° del Reglamento del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, aprobado por Resolución de Contraloría N° 244-2013- CG, señala que en caso de vacancia en el cargo de vocal titular, se convoca al vocal alterno en el orden de prelación establecido, quien asume dicho cargo mediante nombramiento y juramentación, hasta la culminación del período para el cual fue elegido; Que, en atención a lo expuesto y a fi n de garantizar la continuidad de las labores y la toma de decisiones de dicho colegiado, corresponde nombrar al Vocal Alterno, señor Humberto Bernardo Ramírez Trucíos, en el cargo de Vocal Titular del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y conforme a lo dispuesto en el artículo 49° del Reglamento de la Ley N° 29622, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011-PCM, y los artículos 16° y 24° del Reglamento del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, aprobado por Resolución de Contraloría N° 244-2013-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al señor Humberto Bernardo Ramírez Trucíos como Vocal Titular del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas. Artículo Segundo.- El Vocal Titular del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas a que se refi ere el artículo primero prestará juramento ante el Contralor General de la República, asumiendo dicho cargo hasta la culminación del período para el cual fue elegido. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución en el Portal del Estado Peruano y en el Portal de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1232146-1